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    Abogado acoso laboral (mobbing)

    EXPERTOS EN DERECHO LABORAL

    ¿Cuándo hay acoso laboral o mobbing?

    Podemos definir el acoso laboral como aquella conducta abusiva o de violencia psicológica a la que se somete de forma sistemática a una persona en el ámbito laboral, manifestada especialmente a través reiterados comportamientos, palabras o actitudes que lesionen su dignidad o integridad psíquica, y que pongan en peligro o degraden sus condiciones de trabajo.

    Estas actitudes de hostigamiento conllevan el aislamiento del interesado en el ámbito laboral, causándole ansiedad, estrés, pérdida de autoestima y alteraciones psicosomáticas, pudiendo llegar a provocar el abandono voluntario de su empleo por resultarle insostenible la presión a que se encuentra sometido.

    Por tanto, notas características del acoso laboral son frecuencia, intensidad y permanencia en el tiempo.

    ¿Qué no es Acoso Laboral?

    No podemos considerar acoso laboral situaciones que cualquier hecho que tenga lugar dentro de un ámbito laboral hostil. Por tanto, una discusión con un superior o un compañero, por sí sola no será calificable de mobbing, como tampoco los será el hecho de ser sancionado por unos hechos con los que el trabajador no esté de acuerdo.

    Existen otros fenómenos como el llamado síndrome del burnout o del quemado, en que lo que se da es un agotamiento mental y un desánimo profundo del trabajador, fruto de una mala organización del entorno laboral. Sin embargo, que no constituya un acoso laboral no significa que no pueda denunciarse con las consecuencias legales que de ello se puedan derivar.

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    ¿Qué hay que hacer si se es víctima de un acoso laboral o sufre Mobbing?

    En primer lugar, hay que buscar un asesoramiento con un abogado laboralista experto en acoso laboral para exponer la situación que se está padeciendo y obtener información sobre los derechos que le asisten.

    Una vez determinado que la situación es efectivamente un acoso laboral, debemos tener en cuenta que para una futura reclamación será la víctima la que deberá probarla. Por tanto, será primordial contar con pruebas suficientes para acreditar ese acoso laboral, tales como grabaciones, correos electrónicos, mensajes, testigos, etc.

    Toda empresa, dentro de sus obligaciones tiene la de velar por la salud de sus trabajadores y, para ello, debe tener una adecuada prevención de riesgos laborales, así como unos protocolos de actuación para casos de acoso laboral. Por tanto, si estamos sufriendo mobbing debería informarse a la empresa de tal situación para que inicie el protocolo de actuación para este tipo de casos.

    Si, finalmente, la empresa hace caso omiso o no ofrece una respuesta adecuada para poner fin la mobbing, sería el momento de plantear las oportunas acciones legales.

    ¿Cómo saber y detectar si sufres mobbing?

    Por todo esto y mucho más, es de vital importancia encontrar material de referencia para poder definir qué es mobbing y qué no lo es.

    El experto en esta materia, Iñaki Piñuel, en el 2013 publicó el libro Mobbing: cómo sobrevivir al acoso psicológico en el trabajo.

    En esta publicación, además de aportar algunas ideas para que el trabajador pueda aliviar su situación, establece 42 puntos que él considera como signos de alarma siempre se produzcan de manera continuada en un periodo de seis mes al menos dos veces por semana. En su opinión, si se cumplen estos requisitos que enumera, entiende que el trabajador está sufriendo acoso laboral.

    Entre los síntomas que destaca Piñuel, destacan algunos muy concretos que permiten identificar si existe o no una situación de acoso laboral.

    Podemos citar algunos de ellos:

    a) Las relaciones personales cambian y se restringen; por ejemplo, el jefe o los compañeros de trabajo se niegan a hablar o reunirse con uno, ya sea a través del silencio e ignorándolo o respondiéndole de malas maneras y con gritos.

    Otro factor clave es el menosprecio del trabajo. Ya sea criticando o lanzando falsos testimonios sobre su persona, lo que supone un menoscabo a la libertad para realizar sus labores ante el miedo de volver a ser criticado. Esto convierte el lugar de trabajo en un sitio que rebosa negatividad y afecta psicológicamente a la víctima.

    b) También se puede hacer sentir mal al trabajador según el volumen de trabajo, tanto por exceso como por defecto.

    En ocasiones, se le asignan demasiadas tareas que son imposibles de abarcar; mientras que otras veces se retiran las responsabilidades para luego acusarle de vagancia y de no hacer nada.En este caso, habría que definir si se trata de un caso deliberado o simplemente que las necesidades de la empresa han disminuido.

    Siguiendo con las tareas encomendadas, también es posible que el trabajador sea obligado a realizar labores sin las medidas de seguridad pertinentes y que pongan en peligro su integridad física.

    c) La punta del iceberg serían las amenazas, ya sean gestuales, verbales o por escrito. Estas pueden ir acompañadas de insinuaciones o proposiciones sexuales. Cuando son indirectas, el perpetrador del acoso puede alegar que se trataban de “simples bromas”.

    De ahí que, como hemos comentado, siempre va a haber un componente subjetivo sobre la intencionalidad o no de ese acoso, o si simplemente son “imaginaciones” de la víctima.

    El primer paso para intentar atajar este problema es darse cuenta uno mismo de que existen unos síntomas de acoso.

    Una vez identificados esos síntomas y la causa  de los mismos, hay que disponer de elementos de prueba para poder demostrarlos.

    En este sentido, pueden servir documentos, correos electrónicos, mensajes, testigos, grabaciones, etc. que permita puedan probar la existencia del acoso laboral.

    Aunque pueda resultar difícil, hay que evitar reaccionar a insultos o provocaciones, ya que cualquier conducta reactiva podrían volverse en su contra, al poder servir de excusa para justificar un despido disciplinario.

    En un procedimiento judicial, se admitiría como prueba una grabación, ya sea de video o de audio, siempre y cuando en la misma también apareciera la persona que la proponga como prueba, es decir, el trabajador acosado.

    No cabe duda de que el acoso laboral es un fenómeno que puede afectar muy negativamente la vida de un trabajador, por lo que la negación del mismo nunca es la mejor solución. Siempre hay que buscar apoyo en la familia y/ amigos, y en casos de mayor gravedad puede ser muy recomendable buscar ayuda psicológica. Y, evidentemente, si se tiene intención de reclamar hay que consultar a un abogado laboralista experto en casos de acoso laboral o mobbing.

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    Preguntas frecuentes

    ¿Qué se considera acoso en el trabajo?

    Según la definición de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), el acoso laboral, o mobbing, es determinada acción verbal o psicológica puesta en práctica sistemática y persistentemente para humillar, ofender o amedrentar a una persona en el entorno laboral.

    ¿Cómo se puede demostrar el acoso laboral?

    Indicios claros de acoso laboral podrían ser la sobrecarga de trabajo, el entorpecimiento o la alteración de funciones, la culpabilización, discriminación o aislamiento, la difamación personal o profesional, las amenazas o coacciones y las agresiones, tanto verbales como físicas.

    ¿Qué requisitos se deben dar para que pueda considerarse un caso de acoso?

    En base a las sentencias de los tribunales para que exista el acoso laboral se deben dar una serie de requisitos: Debe existir hostigamiento, persecución o violencia psicológica contra una persona o conjunto de personas. La violencia psicológica debe ser intensa y grave. La situación debe prolongarse en el tiempo.

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