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    Insuficiencia venosa

    EXPERTOS EN DERECHO LABORAL

    La insuficiencia venosa y la incapacidad laboral

    ¿Qué es la insuficiencia venosa?

    La insuficiencia venosa es una enfermedad que afecta a las venas de las piernas y que se da cuando en las mismas surgen dificultades respecto al retorno de la sangre que va de las piernas al corazón.

    Los síntomas de esta enfermedad suelen ser hormigueo, inflamación de las piernas, dolor y pesadez, entre otros. Además, en ocasiones, pueden salir edemas o enrojecimiento en las mismas.

    Tipos de insuficiencia venosa

    Existen diferentes tipos de insuficiencia venosa:

    • Insuficiencia venosa orgánica: su causa suelen ser las varices.
    • Insuficiencia venosa funcional: la causa de la misma suele ser el incorrecto mantenimiento de posturas mantenidas y por linfedema.
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    Tratamientos

    Existen diferentes tipos de tratamientos para esta enfermedad.

    • Tratamiento farmacológico con la toma de anticoagulantes para que la sangre fluya con mayor facilidad por las venas.
    • Tratamiento conservador, con el uso de medias compresivas o el evitar la realización de posturas mantenidas.
    • Tratamiento quirúrgico

    ¿Se puede conseguir la incapacidad permanente por tener diagnosticada una insuficiencia venosa?

    En los casos en que un trabajador tiene diagnosticada una insuficiencia venosa, cabe indicar que el mismo podrá tener acceso a que se le reconozca un grado de incapacidad permanente total o absoluta aunque cabe decir que, lo más habitual, es que se reconozca por parte de los Tribunales la primera de ellas, siempre y cuando la profesión habitual del trabajador requiera de una bipedestación y deambulación prolongadas o bien de la realización de esfuerzo físico.

    Sin embargo, tal y como comentamos, también es posible, en casos concretos que dicha insuficiencia venosa otorgue un grado de incapacidad permanente absoluta cuando dicha enfermedad impide al trabajador el poder realizar desplazamientos -tanto a cortas como a largas distancias- y, por ende, el mismo no puede acudir a ningún puesto de trabajo. En estos casos concretos, lo que determina dicho grado de incapacidad permanente absoluta es la distancia que hay que recorrer desde el domicilio hasta el puesto de trabajo, resultando indiferente que el mismo sea de esfuerzo físico o no y que sea liviano y/o sedentario.

    Es importante siempre tener informes médicos en los que se plasme la situación del enfermo y acudir a un experto para que determine si realmente existen opciones o no de poder tramitar un grado de incapacidad permanente. Es por ello que, sea cual sea el caso, en Marben Abogados estamos acostumbrados a tratar este tipo de situaciones en pro de obtener un grado de incapacidad permanente.

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