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    Contrato por obra o servicio

    Nuestro ordenamiento jurídico prevé diversas modalidades de contrato de trabajo, entre los cuales encontramos los contratos temporales.

    La contratación temporal puede realizarse mediante distintos tipos de contrato en función de cual sea la necesidad de trabajo a cubrir y las características que vayan a conformar la relación laboral.

    Dentro de los contratos temporales encontramos el contrato por obra y servicio.

    ¿En qué consiste el contrato por obra o servicio determinado?

    Es un contrato que se celebra para realizar una obra o prestar un servicio concreto. Y esta obra o servicio deben reunir dos condiciones:

    • Tener autonomía.
    • Tener sustantividad propia.

    Los Convenios Colectivos pueden identificar qué trabajos reúnen estas 2 condiciones y que, por tanto, pueden ser cubiertos con este tipo de contrato de trabajo.

    Duración del contrato por obra y servicio

    La normativa establece que su duración está limitada en el tiempo pero puede que su momento de finalización sea incierto.

    En la práctica, el contrato por obra o servicio determinado deriva de un contrato entre la empresa empleadora y una empresa cliente.

    En este sentido, en una obra, puede que se establezcan unos plazos de ejecución, pero el contrato de trabajo vinculado a la misma finalizará cuando se produzca la finalización efectiva de esa obra.

    En el caso de prestación de un servicio, lo habitual es que el contrato entre la empresa empleadora y la empresa cliente tenga una duración, por ejemplo, anual y que se vaya renovando periódicamente. En este caso, el contrato de trabajo vinculado a ese servicio finalizará cuando termine ese servicio.

    Si en el contrato de trabajo se indica una duración concreta se considera que tiene un carácter orientativo, pero no determinará la duración de la relación laboral, ya que está vendrá determinada por el tiempo que dure la obra o servicio determinado.

    Si bien, hay una limitación de tiempo máximo de 3 años por ley y que algunos Convenios Colectivos amplían a más tiempo, que en caso de superarse la relación laboral pasa a ser indefinida.

    ¿Qué se entiende por obra o servicio determinado?

    Como ejemplos de obra, puede ser la construcción de un edificio, la reforma de una vivienda, la instalación de un sistema de climatización en una fábrica, la implantación de un sistema electrónico para un cliente,…

    Como ejemplos de servicio, puede ser la prestación de una campaña de marketing, la prestación del servicio de atención al cliente, el servicio de limpieza de unas oficinas,…

    Contenido del contrato

    Aparte del contenido habitual que debe contener todo contrato de trabajo, al tratarse de un contrato de temporal o de duración determinada es muy importante la justificación de esta necesidad temporal.

    La ley establece que el contrato debe identificar y especificar de forma suficiente, clara y precisa la obra o servicio objeto del contrato.

    Normativa vigente del contrato de obra y servicio

    Este contrato está previsto en el artículo 15 del Estatuto de los Trabajadores y regulado en el artículo 2 del Real Decreto 2720/1998, de 18 de diciembre, por el que se desarrolla el artículo 15 del Estatuto de los Trabajadores en materia de contratos de duración determinada.

     

    Sara Escudero Lorite
    Sara Escudero Lorite

    Es graduada en Derecho y en Criminología por la Universidad de Barcelona.

    Cursó el Master Universitario de Abogacía en la Universidad Autónoma de Barcelona, colegiándose en el Ilustre Colegio de Abogados de Barcelona como colegiada nº 46.098

    Realizó prácticas en CUATRECASAS GONÇALVES PEREIRA por periodo de un año, tras el cual se incorpora a Marben Abogados en noviembre de 2020.

    Actualmente ejerce como abogada laboralista con un alto ratio de éxito en los juicios en los que ha participado.

    Asiste regularmente al Foro Aranzadi Social de Barcelona desde hace años y a ponencias relacionadas con Derecho Laboral.

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