Qué es un Contrato de Formación y Aprendizaje
Es un tipo de contrato de trabajo formativo, que se concierta con trabajadores de que carecen de cualificación profesional oficial mientras están cursando sus estudios.
Normativa del Contrato de Formación y Aprendizaje
El contrato para la formación y el aprendizaje está previsto y regulado en el artículo 11 del Estatuto de los Trabajadores.
Quién puede ser contratado
El contrato para la formación y el aprendizaje permite contratar a trabajadores de entre 16 y 25 años. Si bien, no hay límite de edad en caso de tener alguna discapacidad o de pertenecer a determinados colectivos de exclusión social y sean contratados por empresas de inserción.
Duración del Contrato de Formación
La duración mínima es de 1 año y la máxima de 3 años, aunque por Convenio Colectivo se pueden fijar distintas duraciones entre 6 meses y 3 años.
Si se estableciera una duración inferior a la máxima, se podrá ir prorrogando un máximo de dos veces.
La suspensión del contrato por baja médica, permiso de nacimiento, maternidad o paternidad, lactancia, acogimiento, adopción, entre otros, interrumpirá la duración del contrato.
Límites al celebrar contratos
Una vez agotada la duración máxima establecida, el trabajador no podría concertar otro contrato de este tipo, salvo que vaya vinculado a una formación para otra capacitación profesional distinta.
En caso que el trabajador haya ocupado el puesto de trabajo durante un tiempo superior a 12 meses, podrá celebrarse con él un contrato para la formación para ese mismo puesto.
Tipo de Formación
Debe tratarse de una formación oficial y reconocida legalmente por el Sistema Nacional de Empleo, o bien que se realice dentro de la misma empresa cuando ésta disponga de instalaciones y personal adecuado, sin perjuicio periodos complementarios en centro formativo reconocidos oficialmente.
Horario: Distribución de Trabajo y Formación
La distribución entre tiempo dedicado al trabajo y tiempo dedicado a la formación es distinta en el primer año, en el segundo y en el tercero. Concretamente, es la siguiente:
Periodo | Trabajo | Formación |
1r año | 75% | 25% |
2º año | 85% | 15% |
3r año | 85% | 15% |
Conclusión
Estamos ante un contrato de trabajo formativo, muy útil para que los jóvenes se vayan integrando al mercado de trabajo, adquiriendo experiencia práctica antes de finalizar sus estudios con los que adquirirán una capacitación profesional necesaria para dedicarse a esa profesión.