La conciliación entre trabajo y vida familiar es algo de suma importancia en toda sociedad, y muchas veces no resulta sencillo, teniendo en cuenta los horarios de trabajo habituales en nuestro mercado laboral. Por ello, corresponde al legislador establecer las normas que hagan posible esa conciliación y a las empresas la lleven a la práctica que esa conciliación sea real y efectiva.Y en este sentido, en la práctica, las madres trabajadoras son un colectivo que requiere un especial grado de protección legal para evitar que por razón de su embarazo, permiso de maternidad y demás derechos derivados de ello, puedan ser objeto de discriminación laboral, acoso o despido.
El acoso laboral a la mujer en el trabajo
Actualmente, los datos hablan por sí solos y es terrible ver que anualmente 60.000 mujeres pierden su trabajo por la discriminación laboral por motivos que tienen que ver con su maternidad. Sin embargo, esta cifra sólo se refiere a los casos de despido, y no se incluyen todos los casos de mobbing o acoso laboral u otro tipo de abusos cuya finalidad es la de promover que sean las propias trabajadoras las que acaben dimitiendo de su trabajo. Lamentablemente, en muchos casos el empresario considera que una trabajadora embarazada o en situación de reciente maternidadles supone un perjuicio y las consideran menos válidas que otra personas que no tengan esa situación familiar, y tratan de buscar el modo para que dejen de estar en su empresa.
Estos casos no solo suceden en España sino que, por ejemplo, una encuesta realizada en Australia ha desvelado que el 49% de las mujeres trabajadoras que han sido madres sufren de una forma u otra un tipo de discriminación por esa circunstancia. En nuestro ordenamiento jurídico cualquier abuso de este tipo se considera discriminación directa por motivo de sexo y se prevén consecuencias legales.
La maternidad como elemento motivador del acoso laboral
El acoso laboral es aquella conducta que un empleador o un trabajador ejerce sobre otro trabajador de forma sistemática, repetitiva y durante un tipo prolongado con la finalidad de que el trabajador se vaya desmoronando psíquicamente y acabe dimitiendo voluntariamente de su trabajo. Pues bien, dentro de las múltiples formas de acoso y causas que lo puedan motivar, podemos destacar el caso de las trabajadoras en situación de embarazo, las que ha regresado de su permiso de maternidad, las que han solicitado una reducción de su jornada para el cuidado de su/s hijo/s menores de 12 años, etc., que debido a su condición de madres trabajadoras son objeto de discriminación laboral, son apartadas de funciones que antes eran propias de sus puesto de trabajo, o bien son relegadas a realizar tareas inferiores a las propias de su puesto, o incluso, directamente no se les da trabajo efectivo. Y, en caso más extremos, puede existir un trato vejatorio que va en contra de su dignidad personal. Pues bien, todas estas conductas, que son totalmente ilegales, son más habituales de lo que pueda parecer.
A menudo, en la práctica, estas conductas discriminatorias o de acoso laboral, en un inicio, no son directamente percibidas por la propia víctima, sino que es con el paso del tiempo cuando, poco a poco, van apercibiéndose de la situación.
¿Qué derechos tiene la víctima?
Toda trabajadora tiene derecho a continuar con su actividad laboral durante todo su embarazo, salvo que por razones médicas, el facultativo aconseje lo contrario y emita una baja médica por riesgos para el embarazo.
Por supuesto, al regresar del permiso de permiso de maternidad, la trabajadora tiene derecho a su mismo puesto de trabajo, que debe estar totalmente asegurado, por mucho que durante ese período se haya contratado a otra persona para cubrir su puesto.
Cómo denunciar discriminación laboral por maternidad
La ley prevé medios para que, ante este tipo de situaciones, puedan ser denunciadas y reclamar los derechos como trabajador/a. En caso de despido motivado por el embarazo, maternidad o el ejercicio de derechos relacionados con la condición de ser madre trabajadora, la ley prevé la nulidad del despido, lo cual implica el derecho a ser readmitida y recuperar su puesto de trabajo y los salarios dejados de percibir desde el despido hasta la readmisión. Asimismo, en caso de ser víctima de conductas discriminatorias o acoso laboral, la ley prevé la posibilidad de reclamar la extinción de la relación laboral con derecho a una indemnización equivalente alaprevista para el despido improcedente. Y, en ambos casos, despido o extinción, se puede reclamar una indemnización adicional, en base a la vulneración de derechos fundamentales, por los daños morales o daños o perjuicios causados. Otra posible vía compatible con las anteriores es la denuncia en la Inspección de Trabajo reclamando que se ponga fin a esa situación, con posibles sanciones para la empresa que ejerza o permita estas conductas abusivas y discriminatorias.

Daniel
Abogado y fundador de Marben Abogados, con más de 15 años de experiencia práctica llevando casos ante la jurisdicción social. Es miembro del Ilustre Colegio de Abogados de Barcelona y especialista en derecho laboral, dentro de esta área del derecho en casos de despido y acoso laboral. Es Licenciado en Derecho por la UB, y cursó el programa D.I.N de ESADE (2003). Asiste regularmente al Foro Aranzadi Social de Barcelona desde hace años, y a ponencias relacionadas con Derecho Laboral.