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    La diferencia entre géneros a la hora de trabajar aún sigue siendo un tema pendiente en la mayoría de países. La Constitución Española de 1978 proclama en su artículo 14 que debe haber igualdad y que se prohíbe la discriminación por razón de sexo.

    Aplicación del principio de Igualdad

    A lo largo de los años se han ido desarrollando otras normativas de distintos rangos para poder ir puliendo este objetivo. Por ejemplo, la Orden APU/526/2005, donde se establecen las medidas para que tanto hombres como mujeres puedan tener las mismas oportunidades para acceder a la administración pública; o la Ley Orgánica 3/2007 para promover la igualdad efectiva entre ambos géneros y la aprobación de políticas activas para conseguirlo; entre otras. Podéis ver un listado de estas normativas en la web del Ministerio de Empleo y Seguridad Social.

    En esta misma página se han publicado diferentes informes anuales sobre la aplicación del principio de Igualdad. El último publicado es del año 2012 y en él podemos encontrar estadísticas, normas aplicadas, subvenciones que se han otorgado o las diferentes medidas a favor de la igualdad que se hayan aprobado ese año.

     Igualdad de género y la OIT

    La Organización Internacional del Trabajo (OIT), también dedica muchos esfuerzos para conseguir que está igualdad sea real. De hecho, su principal objetivo es que tanto hombres como mujeres puedan acceder, de forma igualitaria, a trabajos bien remunerados, productivos y en un contexto seguro de libertad y dignidad humana. La igualdad es una de sus líneas de trabajo:

    • Promover y cumplir las normas, los principios y los derechos básicos en el trabajo
    • Generar oportunidades para que la igualdad entre hombres y mujeres sea una realidad y puedan llegar a tener un empleo e ingresos dignos
    • Mejorar las condiciones de seguridad laboral
    • Fortalecer el tripartismo y el diálogo social

    La OIT cuenta con una amplia gama de instrumentos y herramientas internacionales para poder conseguir sus propósitos. En lo que a igualdad de género se refiere, puede consultarse en el siguiente enlace, en el que se citan distintos convenios suscritos a lo largo de los años para promover dicha igualdad:

    • El Convenio sobre la discriminación (empleo y ocupación) de 1958: número 100 i 111
    • El Convenio sobre los trabajadores con responsabilidades familiares, en 1981: número 156
    • El Convenio sobre la protección de la maternidad, en el 2000: número 183.

    También en la Circular número 564, – documento interno de la OIT y que se firmó en 1999- el Director General del organismo ponía en relieve la importancia de adoptar las medidas necesarias. Fueron muchas las acciones que se llevaron a cabo desde entonces, siendo una de las más destacadas el Plan de acción de la OIT sobre la igualdad de género 2010-2015.

    La Comisión Europea

    También la Comisión Europea toma cartas en el asunto. En la página dedicada a la igualdad de género podemos ver algunos temas interesantes, como el apartado de la brecha salarial entre hombres y mujeres.

    Esta diferencia es un claro reflejo de la discriminación que sufren muchas mujeres. Las causas que llevan a ello suelen ser bastante complejas, pero a la larga de se intenta que la diferencia salarial entre hombres y mujeres se vaya reduciendo hasta desaparecer. Hasta ahora, se calcula que la diferencia entre ambos puede llegar hasta el 16%, además, las responsabilidades familiares en muchos casos ni se contemplan. En otros casos, como es la mujer quien normalmente deja de trabajar a tiempo completo por el cuidado de hijos, a la larga cotiza menos, por lo que es más habitual ver más mujeres que hombres en situación de pobreza en la tercera edad.

    Algunos ejemplos de iniciativas que se han llevado a cabo para eliminar estas diferencias son:

    • Legislación para promover planes para la igualdad
    • Mayor fomento del diálogo social e interlocutores.
    • Desarrollo de herramientas para medir la diferencia de retribución entre géneros y evidenciar la transparencia de las diferencias salariales
    • Estudio de casos

    Paula Martinez Castillo
    Paula Martinez Castillo

    Es graduada en Derecho por la Universidad Autónoma de Barcelona, con especialidad en Derecho del Trabajo y Seguridad Social.

    Cursó el Master Universitario de Abogacía en la Universidad Autónoma de Barcelona, colegiándose en el Ilustre Colegio de Abogados de Barcelona en 2020.

    También ha cursado con éxito el Curso de Especialización en Recursos Humanos, impartido en el Ilustre Colegio de Abogados de Barcelona.

    Se incorporó al Marben Abogados en 2019 con un Convenio en Prácticas con la Universidad, redactando escritos y demandas participando en visitas a clientes, realizando gestiones en instancias judiciales, en el servicio de conciliaciones laborales y en el Fondo de Garantía Salarial.

    Actualmente ejerce como abogada laboralista con un alto índice de éxito en los procedimientos en los que ha participado como abogada.
    Asiste regularmente al Foro Aranzadi Social de Barcelona desde hace años y a ponencias relacionadas con Derecho Laboral.

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