La respuesta a esta cuestión no es sencilla, ya que hay que tener en cuenta varios factores que pueden darse en cada caso.
Sobre este tema ha habido una evolución jurisprudencial y normativa en los últimos años, culminada con la Ley 15/2022, de 12 de julio, integral para la igualdad de trato y la no discriminación, y anteriormente hubo algunas Sentencias del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), que fueron introduciendo elementos que hicieron variar las consecuencias de un despido de una persona en situación de baja médica.
¿Qué hago si me despiden estado de baja médica?
Si un trabajador es objeto de un despido y no está de acuerdo, impugnarlo ante la justicia y se puede dar el caso que el despido sea declarado procedente, improcedente o nulo. Si se declara procedente se confirma la causa del despido. Pero en los otros dos casos, las consecuencias pueden ser las siguientes:
- Que el trabajador se readmitido en su puesto de trabajo y la empresa le abone los salarios transcurridos durante el proceso (única posibilidad en caso de despido nulo y opción alternativa en caso de improcedente);
o bien,
- Que la empresa le abone una indemnización de 45 y/o 33 días por año trabajado (el cambio de 45 a 33 es a partir del 12/02/2012 con la reforma laboral) con un límite de 42 mensualidades de salario y/o 720 días de salario, respectivamente (opción alternativa en caso de despido improcedente).
Cuando hay una causa disciplinaria que lo justifique:
Existen muchas faltas consideradas disciplinarias. Las hay de mayor gravedad que otras, pero por ejemplo aquí entrarían conductas tales como ausencias reiteradas al trabajo sin justificar, simular una lesión para estar de baja médica, etc. Normalmente, están reguladas en el convenio colectivo, pero también hay algunas previstas en la ley (Estatuto de los trabajadores) como la transgresión de la buena fe contractual o la disminución continuada y voluntaria del rendimiento en el trabajo.
La empresa es quien deberá probar la realidad de la causa del despido para que pueda llegar a ser declarado procedente.
Cuando se extingue el contrato por causas objetivas:
La extinción o despido viene justificado por unas causas objetivas fijadas legalmente. En este caso, la empresa tendrá la carga de probar que existe la causa en la que justifica el despido.
Cuando se da por finalizado un contrato temporal en fraude de ley:
Éste es un caso muy común en nuestro ámbito laboral. Muchos contratos formalmente temporales, en realidad, deberían ser indefinidos, al no estar justificada la temporalidad de la relación laboral. En estos casos, esté el trabajador de baja médica o no, si se impugna la extinción judicialmente la extinción del contrato por finalización de su duración temporal, en caso de considerarse fraudulenta la temporalidad el reconocimiento de indefinido convertirá dicha finalización en un despido, que al no haberse formalizado correctamente, no podrá entenderse procedente, debiendo ser declarado como despido improcedente o, dependiendo de las circunstancias, despido nulo.
Es importante que una vez haya obtenido el alta médica, el trabajador se reincorpore a su puesto de trabajo en un plazo máximo de 24 horas laborales. Si no lo hace, la empresa puede considerar que se trata de una ausencia injustificada, con las consecuencias disciplinarias que eso podría acarrear.
La baja médica no es motivo de despido
Actualmente, un despido cuya causa es el hecho de que la persona trabajadora se encuentre en situación de incapacidad temporal por baja médica, nunca podrá ser considerado procedente. De hecho, no sólo es que no sea una causa de despido, sino que se considerará que el despido obedece a un móvil discriminatorio al haberse basado en la enfermedad o condición de salud del trabajador.
Normalmente, en estos casos, no nos encontramos con una carta de despido que diga que el motivo del despido es la situación de baja médica. Lo habitual es que se aleguen otras causas, que formalmente si podrían justificar un despido disciplinario o un despido objetivo, que escondan que la verdadera motivación para procede al despido fue la situación de baja médica de la persona. Por ello, la ley establece que, en este tipo de casos, si no queda justificada la causa del despido, la existencia de indicios de discriminación o vulneración de derechos fundamentales puede ser determinante para que el despido acabe siendo declarado nulo.
Derogación del despido por baja médica: Derogación del artículo 52.d del Estatuto de los Trabajadores
Con la Ley 1/2020, de 15 de julio, se procedió a derogar una causa objetiva de extinción (despido objetivo), que permitía despedir a una persona trabajadora si dentro de un periodo de tiempo determinado acumulaba una serie de ausencias, abonándole la indemnización legal de 20 días por año de servicio con un limite de una anualidad de salario.
Y esas ausencias incluían las provocadas por baja médica por contingencias comunes.
Por tanto, durante muchos años esta normativa estuvo en vigor y se podía justificar un despido por la acumulación de un determinado periodo de tiempo estando de baja médica.
Pues bien, en el año 2020 se aprobó la citada norma y se derogó el apartado d) del artículo 52 del Estatuto de los Trabajadores, por entender que se trataba de una causa de despido discriminatoria con las personas que podían tener una dolencia, enfermedad o lesión que provocara bajas médicas.
DESPIDO NULO durante la baja médica: Causas
Hay una serie de situaciones que se encuentran protegidas por la ley. De modo que si somos despedidos, podremos recurrir a la justicia para que se declare el despido es nulo.
Estos casos son:
- En situaciones como de una trabajadora embarazada; durante el permiso de maternidad o paternidad, lactancia, y dentro de los primeros 12 meses desde el nacimiento, acogida o adopción, después de finalizar este permiso, o el de lactancia. Así como, durante la reducción de jornada por cuidado de hijos hasta que cumplan 12 años.
- Cuando el despido tenga como móvil una causa de discriminación prevista legalmente, o con vulneración de un derecho fundamental.
Por ejemplo, puede haber vulneración del derecho fundamental a la tutela judicial efectiva, en caso de despido de trabajadores que hayan reclamado sus derechos o se hayan quejado de alguna irregularidad por parte de la empresa, por ejemplo, presentando una denuncia en la Inspección de Trabajo. En ese tipo de casos, se puede entender la medida adoptada por la empresa como una represalia que vulnera la garantía de indemnidad del trabajador.
Otro ejemplo de despido nulo puede ser cuando se considere que ha habido discriminación por alguna de las causas previstas legalmente.
Y una de estas causas, prevista en el artículo 2.1 de la Ley 15/2022, es por “enfermedad, o condición de salud”.
Como hemos visto, las situaciones pueden ser muy variadas, de modo que es necesario estudiar cada caso concreto según sus particularidades, y en función de los factores que haya podrá ser declarado el despido nulo.
Despido por baja médica: Nulo o improcedente
Hasta hace poco la tendencia de la jurisprudencia del Tribunal Supremo se había ido decantando más por el despido improcedente, descartando el móvil discriminatorio por el mero hecho de estar de baja médica.
Si bien, la Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de 01/12/2016 (caso “Dadouidi”), vino a establecer que, en algunos supuestos de en que la causa de la baja médica es equiparable o asimilable a una discapacidad, y con independencia de tener o no reconocido oficialmente un grado de discapacidad, puede entenderse la existencia de un móvil discriminatorio en caso de despido, y ello comportaría la declaración de despido nulo. Y, en este sentido, la Sentencia del TSJ del País Vasco de 16 de julio de 2019, aplicando la Sentencia del TSJUE “Dadouidi”, declaró nulo un despido de un trabajador que se encontraba de baja médica.
Este era el escenario que teníamos antes aprobarse la Ley 15/2022, de 12 de julio, integral para la igualdad de trato y la no discriminación. Es decir, que el despido de una persona trabajadora en situación de baja médica, en caso de no quedar acreditadas las causas del despido, debía ser despido improcedente; y en casos en que existieran una serie de elementos que permitieran considerar la concurrencia de un móvil discriminatorio, debía declarado despido nulo.
Pues bien, como ya avanzábamos, el artículo 2.1 de la Ley 15/2022 introduce nuevas causas de discriminación, como son la “enfermedad o condición de salud, el estado serológico y/o la condición genética a sufrir patologías y trastornos”. Der modo que, en casos de despido de trabajadora en situación de baja médica, deja de ser un factor relevante la mayor o menor duración del proceso de incapacidad, o bien si es o no equiparable a una discapacidad. Y el artículo 26 de la misma norma dispone que: “Son nulos de pleno derecho las disposiciones, actos o cláusulas de los negocios jurídicos que constituyan o causen discriminación por razón de alguno de los motivos previstos en el apartado primero del artículo 2 de esta ley”. Por tanto, el un despido realizado en estas circunstancias supone un riesgo elevado ser calificado como despido nulo.
Y, en este sentido, ha habido ya muchos pronunciamientos judiciales que, basándose en esta nueva normativa, han declarado la nulidad del despido y han reconocido una indemnización adicional por daños morales.
En general, se trata de supuestos en los que la empresa, no tiene ninguna causa suficiente para justificar un despido, pero está dispuesta a asumir el coste de la improcedencia. Pues bien, si antes este riesgo era asumible por la empresa, aun encontrándose la persona despedida de baja médica, con el actual marco normativo ya no es un riesgo tan asumible.
De hecho, incluso en el caso de un contrato temporal que es declarado fraudulento, la decisión de la empresa de no renovar el contrato, si la persona trabajadora se encuentra en situación de baja médica, puede comportar la declaración de despido nulo.
¿Seguiré recibiendo las prestaciones si me despiden estando de baja?
La extinción de la relación laboral por despido comporta acceder a la situación legal de desempleo, teniendo derecho la persona trabajadora a percibir la prestación por desempleo, salvo que no cumpla el resto de requisitos exigidos (tiempo mínimo cotizado, no estar a la vez de alta como autónomo, etc.).
¿Qué ocurre si cuando se produce el despido la persona está en situación de baja médica?
Lo que ocurre es que, en lugar de solicitar el pago de la prestación de desempleo al SEPE, hay que pedir el pago directo de la prestación de incapacidad temporal a la Mutua correspondiente, que seguirá pagando la prestación a partir de entonces y hasta que se extinga esa incapacidad temporal. Si la persona recibe el alta médica, entonces pasará a percibir la prestación de desempleo del SEPE, debiendo presentar la oportuna solicitud.
Hay que distinguir si la baja médica es por enfermedad común o accidente no laboral de si es por accidente de trabajo o enfermedad profesional. Así pues, si la contingencia es común, el tiempo de prestación de incapacidad posterior al despido será en importe equivalente al de la prestación por desempleo y consumirá tiempo de esta prestación. En cambio, si es por contingencia profesional, no habrá solapamiento de prestaciones, es decir, que el importe de la prestación continuará siendo el mismo y no consumirá tiempo de prestación por desempleo.
¿Qué requisitos hay que cumplir para que me despidan estando de baja?
No hay que cumplir ningún tipo de requisito. El despido es una decisión de la empresa y, en todo caso, será la empresa la que deberá valorar los riesgos de despedir a una persona trabajadora que esté en situación de baja médica ya que, tal y como hemos expuesto, con el actual marco normativo, el riesgo de que se acabe declarando el despido nulo es elevado.
Daniel
Abogado y fundador de Marben Abogados, con más de 15 años de experiencia práctica llevando casos ante la jurisdicción social. Es miembro del Ilustre Colegio de Abogados de Barcelona y especialista en derecho laboral, dentro de esta área del derecho en casos de despido y acoso laboral. Es Licenciado en Derecho por la UB, y cursó el programa D.I.N de ESADE (2003). Asiste regularmente al Foro Aranzadi Social de Barcelona desde hace años, y a ponencias relacionadas con Derecho Laboral.
Comments are closed.
Me han prolongado la baja por lesión cuando iba de camino al trabajo por accidente de tráfico otros 15 días más ya que me duele la Espalda y el cuello y tengo mareos y hoy mismo me llamaron de la empresa que ya no continuo me han despedido. Es legal o sería un despido improcedente
Hola,
Por el hecho de estar de baja médica no implica que el despido deba ser calificado como improcedente de forma automática. Puede ser que exista una causa objetiva prevista legalmente, por lo que sería un despido objetivo con derecho a una indemnización de 20b días por año de servicio con un límite máximo de 12 mensualidades de salario. En caso de procede con un despido disciplinario, obviamente será improcedente. Sin embargo, el despido objetivo se puede impugnar y cabe la posibilidad de que finalmente sea calificado de improcedente.
Si lo desea, previa evaluación del caso, se podría impugnar el despido, ya que el plazo de 20 días hábiles aún no ha transcurrido.
Un saludo,
Hola , llevo 10 meses de baja , por padecer un asma crónica , es este tiempo he estado ingresada , 8 veces y he pasado un total de 115 dias ingresada, mi empresa me obliga a pedir el alta , o me amenaza con denunciarme , es posible que puedan denunciarme ?quien tendría la razón en caso de ir a juicio ? Podrían despedirme ? Gracia
Es probable que sea un despido improcedente. Dispones de un plazo de 20 días hábiles (menos sábados, domingos y festivos) para presentar demanda de despido.
y donde se presenta esa demanda…… en ibiza….
Hola,
Trabajo en una tienda. Llevo en la empresa 1 año y 6 meses, 14h semanales con contrato indefinido(En este último mes me hacían hacer más, alguna semana 18, 16 y así un mes que llevo así por las rebajas, como se necesita hacer más trabajo) y ahora mismo me está perjudicado con muchos dolores en ambas piernas, Lo estoy pasando muy mal desde hace 3-4 semanas. Solamente los fines semana trabajo y poca cosa más, entre semana prácticamente no me muevo. Ayer al no aguantar en el trabajo me fui a urgencias la primera vez , mi jefa se cabreo mucho,… Pero no aguantaba y me fui con previo aviso, para que venga otra persona. En urgencias me diagnosticaron insuficiencia venenosa.. hinchazón de pies y piernas, hace 4 años que tuvo la rotura del tendón y se me pone también muy mal . (Los médicos dicen que no hay solución,.)Ahora mismo no sé qué hacer, por que hoy al decirle y mandarle el parte médico, me ha dicho que me de, de baja voluntaria. Nose que hacer en estos casos, es mi profesión, tengo un título de comercio , mi trabajo me hace estar de pie…que tengo solamente 20 años Que hacer??? Por favor, ayúdeme por favor, gracias!!!!
Necesito una operacion de columna por una herni que tengo estoy trabajando si me opero mi empleador me puede despedir
A la pràctica és un fet que pot passar, però Vostè estarà en el seu dret de reclamar que l’acomiadament es nul o improcedent.
Hola estoy de permiso de lactancia en 15 dias me incorporaba a mi puesto despues de ser madre y hable con mis jefes me comentaron que la cosa estaba mal que tendrian que contratar a su cuñada y reducir la jornada de una de las empleadas somos solo dos y me dijeron que si las ventas seguian asi tendrian que prescindir de una de las dos y de mi compañera no pueden porque ayuda a sus padres en casa con su trabajo… yo estaba a disgusto con esas palabras y hice un comentario en una red social poniendo que tal vez me iban a despedir a la vuelta de mi baja y mis jefes se enteraron y ayer me dijeron que me despiden porque no me perdonan lo que dije… legalmente no pueden despedirme asta que pasen 9 meses de mi reincorporacion … yo no quiero irme porque solo tengo 8 meses de paro y si se me termina no podre pagar mi hipoteca… pero si voy a trabajar como me dijeron ellos el ambiente sera malo y no les podre pedir ni el dia del bautizo de mi hija porque me lo negaran me dijeron….. que puedo hacer?? No firmar el despido y seguir trabajando y si me genera estres el trato de ellos hacia mi cogerme una baja??? Seria una manera de cotizar y poder tener mas paro… tengo miedo de que se me termine el paro y no poder darle de comer a mi hija porque en la hipoteca y un prestamo se me van 1100 euros y mi marido gana 1500 no nos dara para vivir pagando gas luz agua comida pañales y ropa para mi bebe …. estoy desesperada y no dejo de llorar y darle vueltas…
Hola,
En su situación tiene derecho a solicitar una reducción de jornada por cuidado de hijo menor de 12 años. Dicha reducción debe ser de entre 1/8 y 1/2. por ejemplo, si su jornada es de 8 horas diarias (40 semanales), la reducción mínima podría ser de 1 hora diaria, pasando a 7 diarias (35 a la semana). Evidentemente, comporta reducción de salario proporcional, pero a efectos de prestaciones de Seguridad Social e indemnizaciones por despido, etc. se aplicaría al salario sin tener en cuenta a reducción.
El problema que veo es que se pueda entender que lo solicita a los solos efectos de su blindaje ante un posible despido, y no realmente para lo que está previsto. No aconsejo publicar en redes sociales estos temas.
De todos modos, como bien dice, hasta que no transcurran 9 meses desde el nacimiento de su hijo/a, un despido sería declarado nulo, salvo que se acredite que existe una causa distinta que lo justifique. Y, en caso de hacer la reducción de jornada que comentaba antes, se extendería esta situación de posible nulidad de un despido.
Un saludo,
En este caso entiendo que si demandas, el despudo sería declarado nulo, debido a la cercanía temporal con el permiso de maternidad y estar con la lactancia. La ley es muy clara al respecto. Dispones de un plazo de 20 días hábiles para presentar demanda.
Buenas resulta q estoy de baja por q me e roto un dedo por la mutua y en el transcurso de la baja Me e hecho una Resonancia magnetica por q llevo mucho tiempo con dolor de espalda y.fisio.ni antiimflamatorios ni la .medicina tradicional consiguen calmar el dolor. En la Resonancia dorsal salio 5 hernias desgaste de columna protusion en las restantes mi trabajo es de esfuerzo fisico y el medico me a dicho q Como tengo la espalda no coja peso y me a dicho de presentar la documentacion para una minusbalia porque tengo la espalda mal. L.A. semana q viene me dan el alta por el dedo Quien me tendria q dar la Baja por la Espalday. . L.A. medico de L.A. ss q es donde me hice la Resonancia? Q pasos tengo q seguir. Gracias
Buenos días. Al tratarse de una patología que tiene que ver con un desgaste, puede ser que consideren que se trata de algo degenerativo que no deriva del trabajo y que, por tanto, sea una enfermedad común. Sin embargo, dependiendo del tipo de trabajo que realice y el tiempo en que lo lleve realizando, quizás sí se podría relacionar con el trabajo y tratarse de una contingencia profesional. No disponemos de datos suficientes para emitir una opinión al respecto y, en todo caso, haría falta saber la opinión de un perito médico especialista para estar más seguros. Con independencia de cual sea la contingencia, entiendo que si Usted tiene una patología que le impide desarrollar su profesión y no es susceptible de curación o mejora, procedería solicitar la incapacidad permanente (entiendo que total o parcial). Quedamos a su disposición para una visita presencial si fuera de su interés, a fin de poder estudiar mejor su caso.
Buenos dias ,estoy de baja medica para un problema gravve el doctor mr dijo que tardare 3 meses en recuperarme,me operaron en el ojo y tengo un regimen postoperatorio sin ningun esfuerzo.Desde la empresa me dicen que si paso de 1 mez y medio me van a despedir.Si me voy a trabajar puedo perder la vista en un ojo,si no me voy me van ha despedir y no tengo el ano para poder cobrar 3l paro.Ahora mismo llevo 24 dias de baja,me pu3den despedir? Es un despido improcedente nulo o es un despido legal?
En principio, si le despiden única y exclusivamente por el hecho de su enfermedad, podría entenderse como despido nulo, aunque debo informarle que es algo muy restringido y lo habitual es encontrarse con sentencias de despido improcedente en casos similares. Habría que ver el caso en concreto, con la información y documentación de que disponga y otras pruebas. Quedamos a su disposición para recisar su caso, si es de su interés.
Hola estoy de baja desde hace un mes por una inflamacion de rodilla. Ahora me han dicho q me tengo q operar y estñy esperando la operacion. Debo volver a trabajar mientras estoy esperando q me llamen para operar aunque no podria realizar mi trabajo mas q un 50 por ciento de lo normal y si no voy y espero q me operen me podrian despedir?? Mi medico me esta dando las bajas como si tuviera q estarlo hast q me operen. Pero estoy preocupada q me despidan.
Hola,
El médico es quien debe decidir si sigues de baja médica o si ya puedes reincorporarte a tu trabajo. Si la empresa decide despedirte, es una decisión suya. Por ti parte, si no estás conforme con el despido, podrás impugnarlo reclamando su improcedencia o nulidad (dependerá de las circunstancias del caso).
Hola buenos dias, soy auntonomo llevo un bar restaurante y tengo una trabajadora que lleva 8 meses en la empresa, desde el dia 25 de marzo cogió la baja por «contingencias comunes» con «duracion estimada de 13 dias». En el papel ponia «proxima revision dia 31/03/16 «. A dia de hoy no tengo noticias de ella, no sé si si la baja es de 13 dias fijos o si es una estimacion como lo indica segun se recupere de su dolor de espalda como dice, no sé si está obligada a avisarme si le han extendido la baja, no sé que medidas debo tomar en este caso. Puedo despedirla por ausentarse de su trabajo despues de no avisar a la empresa el ultimo parte medico que recibio el jueves en su ultima revisión? qué debo hacer? mi gestor me dice unas cosas pero quiero tener otra opinion. gracias
Hola. Antes de despedir a la trabajador, yo le aconsejaría enviarle un requerimiento para que les comunique si continúa de baja y requiriéndole que le haga llegar los partes de confirmación. Entiendo que el despido por este hecho sería arriesgado, por lo que yo optaría por una sanción.
Sin embargo, si la despide, en caso de se declare el despido improcedente, en vista de la poca antigüedad, el coste de la posible indemnización no sería muy elevado. Pero, tenga en cuenta que en caso de estar en algún supuesto relacionado con la maternidad (embarazada, tener jornada reducida por cuidado de hijos mentores, etc.) el despido sería declarado nulo con obligación de readmisión.
Hola, mi mujer trabaja en una peluquería es fija y esta embarazada de 17 semanas, al volver de vacaciones su jefa le vino con que la cosa no va bien y que la va a tener que despedir a ella y su compañera que trabaja 15 horas semanales, mi mujer sospecha que la quiere despedir porque al tener un embarazo de riesgo le van a dar de baja antes del nacimiento, encima nos hemos enterado que a su compañera le ha ofrecido trabajar en negro, que se puede hacer? si la despiden alegando perdidas, a quien tiene que demostrar que realmente tiene perdidas?
Gtacias
Buenos días.
La empresa se arriesga mucho despidiendo a su esposa ya que en su situación de embarazo y posterior maternidad, cualquier despido puede ser declarado nulo con obligación de readmitirla. Si se produce el despido, acudan a un abogado laboralista. Y, por supuesto, cuidado con firmar según qué documentos sin conocer sus consecuencias.
Un saludo,
Hola buenas.estoy de baja médica por rotura de ligamento cruzado y menisco.en caso de que me despidieran como seria mi indemnización?estoy indefinido y llevo 7 meses de baja ya
Habría que calcularlos conociendo, además de tu antigüedad, tu salario bruto.
Hola,
Yo me calle en el trabajo y me hecho daño en la muñeca llevo mas de un mes fue a la mutua y no me dado la baja volvé a trabajar normal aguantando el dolor y con la mano hinchada después de un mes he vuelto a la mutua porqué no podia más y no habia mejoria con la medicacion y calmantes el contrario. La mutua me dio de baja porqué ne ha visto la mano mal, después de unos días de baja la empresame llama para firmar unos papeles cuando fue eran papeles del despedida y finiquito yo me negué a firmar algo q no se q es ni lo tengo y encima estando en baja médica por accidente de trabajo. Que tengo q hacer yo en me caso? Me despiden estando de baja por accidente de trabajo?
Pd: motivos de despido era por situación eco d la empresa y q me dan liquidación de 1011,.€ sabiendo que me contrato acaba el mes d agosto.
Gracias y espero una respuesta pronto.
Buenos días,
De lo que nos expone, hay varios temas a comentar:
1) Si el accidente de trabajo fue debido a una falta de medidas de seguridad, podría demandar a la empresa reclamando una indemnización por responsabilidad civil, y también podría solicitar la imposición de un recargo de prestaciones (un complemente económico a la prestación de incapacidad). Para ello, le recomendaría presentar denuncia en Inspección de Trabajo y demanda judicial.
2) Si le dan alta médica por curación pero Vd. ve que aún no se ha curado y que aún no puede trabajar, puede impugnar esa alta médica y, al final, será un juez quien dirá si el alta fue correcta o incorrecta.
3) Respecto al despido, aunque la empresa lo base en causas objetivas de tipo económico, habría que ver el contenido de la carta y ver cómo ha procedido la empresa (si ha cumplido o no las formalidades que la ley exige), y se podría demandar reclamando el despido improcedente.
Buenas tardes, quería exponer mi caso y que por favor me aconsejarán.
El jueves pasado me reunió mi jefe y un mi enero de rrhh para darme una suspensión de 10 dias de empleo y sueldo por haber tenido 3 errores en el trabajo. Yo trabajo de teleoperadora cojo unas 40 50 llamadas al día y he cometido algún error tipo de no poner algún dato en alguna de las llamadas. No quiero extenderme en ese tema. Pero son errores que asumo ya que he tenido aunque no considero que sean para un castigo así. No sólo era ese el motivo de la suspensión, también presentaban un escrito sobre un mal comportamiento en sala con un superior con quien dicen literalmente haber tenido un comportamiento chulesco y desafiante durante la conversación y detallando frases que yo no he dicho y que ella tampoco dijo también las añadió en el escrito.
Me echaron en cara que durante un curso de formación hacia 4 meses mi comportamiento no fue muy bueno. Le pongo en situación formadores diciendo frases del tipo sois una mierdecita, los imbéciles de sala, a ver si entre todos conseguimos juntar neuronas para hacer un cerebro. El último día de curso decía que no nos enterábamos de nada y yo le pedí que probará a explicarlo de otra manera igual no lo dije con un tono dulce y conciliador pero ni muchísimo menos faltando el respeto ni insultando la. Al parecer sintió que yo le estaba menospreciando en su trabajo. En fin….yo no quiero seguir trabajando allí. Hablando con el de rrhh le dije que entendiera que no iba a consentir que me faltarán el respeto pero ni formadora ni jefe ni compañeros a lo que me contestó que allí las faltas de respeto eran algo normal.
Mi duda es que no se que hacer si denunciar o no, no me sobra el dinero y no quiero denunciar para perder el juicio lo que si tengo muy claro es que no quiero seguir allí trabajando pero no quiero irme sintiéndome totalmente humillada y tragando lo que ellos me quieren hacer creer que yo hice o dije.
Que hago? Agradecería su consejo.
Gracias de antemano
Un saludo
Antes de nada, para poder aconsejarle adecuadamente, debería poder leer el contenido de la carta de sanción. Sin embargo, sí pudo decirle que según el tipo de falta que le hayan imputado, si no la impugna judicialmente y deviene firme, podrían acumular varias y justificar su despido disciplinario (sin indemnización). Si le imputan hechos que no han ocurrido realmente o le dan una gravedad superior a la real, es posible que la empresa esté siguiendo una estrategia para buscar su despido a coste cero. Por tanto, sin Vd. no está de acuerdo con la sanción que le imponen, le recomendaría que la impugnara para evitar posibles consecuencias peores.
Hola, trabajo por horas como empleada de hogar. Estoy de baja por un problema serio de riñones que acaban de diagnosticarme y no puedo hacer esfuerzos de momento. Llevo 3 años y medio de contrato, pueden despedirme estando de baja? que plazo tengo para denunciar? En caso de poder despedirme se hace cargo la seguridad social o alguien de mi baja?
Gracias por anticipado
Saludos
Hola.
Sí, estando de baja, la pueden despedir. Si continúa de baja médica, seguirá percibiendo al prestación de la Seguridad Social o la Mutua hasta que reciba el alta médica.
Un saludo,
Hola…. estoy de baja laboral …me despidieron estando de baja y sin terminar contrato que terminaria en agosto y tengo 6 meses de antiguedad queria saber si me correaponderia inmdenizacion ?
Hola. Si le han despedido nates de la finalización del período de duración del contrato y no ha sido por no superación del período de prueba, debía demanda a la empresa por despido para obtener una indemnización.
Hola
Estoy trabajando para una empresa desde el 14/01/2016. Debido al una grave enfermedad, me han operado el 13/04 y estoy de baja desde entonces. Hoy me han llamado de mi empresa diciendo que me despiden. Pueden hacerlo?
Muchas gracias
Hola.
En principio, que despedir a un/a trabajador/a estando de baja médica no implica que el despido sea nulo sino que, en caso de no estar justificada la causa, sería un despido improcedente. Sin embargo, si se trata de una «grave enfermedad» conocida por la empresa y se llegase a entender que esa ha sido la causa que ha motivado del despido, podría llegar a entenderse que ha existido un móvil discriminatorio, en cuyo caso podría tratarse de despido nulo e, incluso, una vulneración de derecho fundamentales. En tal caso, correspondería presentar una demanda reclamando principalmente el despido nulo y subsidiariamente el improcedente y, además, una indemnización accesoria por la vulneración de derechos fundamentales.
Hola mi marido tubo un accidente se cayó y le operaron.el tobillo y hoy le retiraron las grapas lleva así ya 1 mes y el.jefe hoy le llamo para k.vaya a la oficina a firmar ya k tenía un contrato de fin de obra lo.pueden despedir estando.de baja.
Hola.
Le pueden despedir estando de baja, pero él puede reclamar un despido improcedente.
Asimismo, si fue un accidente de trabajo, podría presentar una denuncia en la Inspección de Trabajo para ver si hubo o no falta de medidas de seguridad por parte de la empresa, en cuyo caso se podría reclamar una indemnización por responsabilidad civil (por las lesiones) y, asimismo, el recargo de prestaciones (incremento de la prestación de incapacidad).
Un saludo,
Hola , llevo un año de baja y me ha llamado inspección medica, y el tribunal medico ha resuelto que me dan una prórroga de 6 meses, he comunicado ya a mi empresa la situación. , en principio no han dicho nada pero hoy me ha llegado la noticia de un compañero que ha escuchado a los directores hablando de mi para despedirme y cuando se ha acercado se han callado, mi pregunta es la siguiente, la empresa me estará pagando hasta el 30 de abril, a partir de ahí me pagará la mutua , la empresa tendrá la obligación de pagar la seguridad social, me pueden despedir en el momento que empieza a cobrar de la mutua ? Tendrían que pagarme los 5 meses que me quedan de contrato o solo les correspondería pagarme los 5 meses de seguridad social?
Hola.
Si le despiden, podrá reclamar un despido improcedente. Pero también es posible que la empresa se espera a ver si le conceden la incapacidad permanente y se extingue el contrato sin tener que indemnizarle.
Un saludo,
Hola!
En noviembre me hice un desgarre de ligamento de nivel 1, en el trabajo, por una caída que tuve al salir del ascensor. Estuve de baja mes y medio, como mi jefe me insistía tanto que coja el alta, pedí el alta en la mutua, bajo mi responsabilidad. Los primeros días de enero empecé a trabajar y a los pocos días empecé con dolor de la lesión, después de meses de dolor, lo notifique a mi supervisor y me enviaron a la mutua, el médico de la mutua, nada más ver el tobillo, me dio la baja de nuevo, resonancia y fisio.
En la resonancia se puede ver una adherencia y con fisio pretenden que se pueda evitar la operación.
Comunique desde de tres semana de baja, que seguiré unas semanas más de baja porque el médico de la mutua no ve conveniente que pida el alta.
Ahora me quieren despedir porque dicen que como tiene que cubrir mi puesto, es un gasto más a la empresa. Que puedo hacer?
Hola.
Si la empresa le quiere despedir, podrá demandarla por despido improcedente..
En cambio si por ejemplo Usted presentara una denuncia en la Inspección de Trabajo contra la empresa por las presiones que está recibiendo, etc. Entonces, si le despidieran después de tener conocimiento de esa denuncia, podría reclamar un despido nulo (con obligación de readmisión) por entenderse el despido como una represalia por esa denuncia (es lo que se conoce como vulneración de la garantía de indemnidad).
Un saludo,
Hola.
Llevo como 6 meses de baja por un accidente fuera del trabajo, con una operación de los ligamentos del hombro.
Mi puesto lo ocupa un sustituto que han contratado exclusivamente para cubrir mi baja. Me proponen que cuando me incorpore, aunestoy de baja, lo haga en otro puesto que no es el mio, para dejar al sustituto en mi puesto, y además teniendo que cargar peso, que con mi evolución aún no podría desempeñar dicho trabajo. Podrían despedirme si me niego a cambiar mi situación profesional? Si me despidiesen, teniendo mi puesto ocupado por otra persona, cómo sería el despido? Objetivo, procedente, improcedente??
Muchas gracias.
Hola.
Ésa propuesta podría constituir una modificación sustancial de las condiciones de trabajo, lo cual requiere una comunicación d ela empresa con un preaviso mínimo de 15 días y que argumenten una causa prevista legalmente para justificar ese cambio. Eso, siempre y cuando comporte realizar funciones de otro grupo profesional. Si no fuera así, al trasladarle a un puesto que requiere unos esfuerzos físicos que su puesto origina no exigía y, además, incompatibles con su lesión, entiendo que podría tratarse de una artimaña de la empresa para poder despedirle con una extinción por causas objetivas por ineptitud sobrevenida, que podría ser impugnado reclamando un despido improcedente. Son dos posibles situaciones. Habría que conocer el caso con mayor profundidad.
Buenos días soy autónoma y tengo un trabajador que no para de darse de baja continuamente por contigencias comunes, hoy por un brazo, mañana por la vista etc. además siempre coincide con periodos de mucha actividad. quisiera saber si lo podría despedir por alguna causa como ineptitud sobrevenida con posterioridad a su incorporación al puesto de trabajo como dice la ley
Gracias
Hola. Para realizar un despido por ineptitud sobrevenida, antes debería solicitar una evaluación de su puesto de trabajo para que el servicio médico determine si es apto o no para ese puesto. Pero, si se trata de varias bajas médicas, si se cumplen lo previsto en el artículo 52, d) del Estatuto de los Trabajadores:
«El contrato podrá extinguirse: d) Por faltas de asistencia al trabajo, aun justificadas pero intermitentes, que alcancen el veinte por ciento de las jornadas hábiles en dos meses consecutivos siempre que el total de faltas de asistencia en los doce meses anteriores alcance el cinco por ciento de las jornadas hábiles, o el veinticinco por ciento en cuatro meses discontinuos dentro de un periodo de doce meses.
No se computarán como faltas de asistencia, a los efectos del párrafo anterior, las ausencias debidas a huelga legal por el tiempo de duración de la misma, el ejercicio de actividades de representación legal de los trabajadores, accidente de trabajo, maternidad, riesgo durante el embarazo y la lactancia, enfermedades causadas por embarazo, parto o lactancia, paternidad, licencias y vacaciones, enfermedad o accidente no laboral cuando la baja haya sido acordada por los servicios sanitarios oficiales y tenga una duración de más de veinte días consecutivos, ni las motivadas por la situación física o psicológica derivada de violencia de género, acreditada por los servicios sociales de atención o servicios de Salud, según proceda.
Tampoco se computarán las ausencias que obedezcan a un tratamiento médico de cáncer o enfermedad grave».
Hola, en Octubre del año pasado tuve a mi hijo y a la semana de salir del hospital me llegó un burofax a casa el cual me comunicaban que la empresa me despedia, por no superar periodo de pruevas de 1año. Los motivos se referian a unos hechos ocurridos a principios de enero de 2015. Mi pregunta es; tengo posibilidades que un juez declare mi despido nulo? Lo digo por estar de baja de maternidad y los hechos son de enero, despues de 10 meses pasados los hechos me despiden. Me quedaban pocos dias para tener contrato fijo. Muchas gracias
Hola.
Si presentó demanda por despido dentro de los 20 días hábiles siguientes a la comunicación de despido, tiene muchísimas posibilidades de que el despido sea declarado nulo. Si se le pasó el plazo, ya no puede reclamar por despido.
Un saludo,
se puede despedir un empleado estando de baja por depresión pagandole como improcedente cueando se quiera o existen contras?
Hola ,muy buenas ,trabajo en Francia y la empresa nos ha dejado dos días sin dieta de comida ,que por cierto no se si es la justa (9 euros la comida y 6 el desayuno mas cena + alojamiento ,que somos 4 personas y paga unos 108 al día en un apparthotel, unos 27 euros por persona), en total 42 euros,Según he visto por Internet la dieta en el extranjero es de 91,35 al día,Que puedo hacer en este caso?Tmb quiero irme de la empresa pero ,claro,cobrar el paro .Muchas gracias.
Buenos dias , llevo en un tratamiento de presion alta me llamaron para darme la notisia de que mi contrato no me lo renovarian , pueden proceder la em presa yo estamdo en este procedimiento
Hola buenos días, estoy embarazada y hace menos de un mes me dieron la baja por riesgo de embarazo (mi trabajo es de camarera) y ayer 2 de junio recibí un mensaje de la seguridad social que me habían dado de baja mi empresa y bueno no tengo nI idea de lo que debo hacer y si seguiré recibiendo la baja por riesgo de embarazo o como? Muchas gracias
Hola! Mi madre lleva 8 años trabajando como interna en una casa al cuidado de una señora mayor. Ahora tiene una fuerte depresión porque en el trabajo la han estado acosando hasta el grado de caer en depresión. La han despedido del trabajo estando de baja y tenien donde cita con el siquiatra para el 2 de agosto. Han estado en lo correcto al despedirla?
hola buenas tardes . me han dado dos días de baja y mi jefe hoy en el segundo día de baja me ha dicho que al ser una empresa pequeña el solo no puede hacer tantas horas y a lo mejor al volver msñsna a mi trabajo me despide o prescinde de mi . que debo hacer? tengo contrato fijo jornada completa llevo desde el 29 de enero, me parece injusto que me haya tratado de decir que no me puedo enfermar que hago?
Hola
tengo un bar y mi trabjadora se dio de baja por tener piedras en la vesícula.
Clientes del bar la han visto en la playa, en el centro comercial, conduciendo….
siempre que le pregunto como esta me dice que fatal que esta en cama y no se puede ni menear.
Para rematar llevando un mes de baja la vi un sabado a las 2 de la madruga en una zona de fiesta.
la mutua la a llamado y dicen que es verdad que tiene que seguir de baja, mi pregunta es:
¿puedo despedirla?
gracias
Hola. Entiendo que si dispone de pruebas que demuestran que la trabajadora está realizando conductas incompatibles con su supuesto estado médico, y que ha falseado la baja médica, podría proceder a sancionarla o a despedirla disciplinariamente.
Hola buenas, intentaré resumirlo al máximo.
Mi situación: contrato para emprendedores, dentro del período de prueba, actualmente de baja por una lesión (hernia) y la empresa me ha despedido durante la segunda semana de baja.
¿Pueden despedirme sin avisar estando yo de baja? (la empresa dice que se me envió un burofax que nunca recibí.
PD: me han intentado coaccionar diciéndome que renuncie y que ellos luego me contratarían una vez pasado el post-operatorio. Hoy me he llevado la sorpresa de que estoy despedido.
Muchas gracias de antemano!
Hola.
Podría demanda por despido si está dentro del plazo de 20 días hábiles.
Hola.
Empecé a trabajar el lunes 13, teniendo la mala suerte que ese mismo día me caí en el puesto de trabajo porque el suelo estaba mojado y no señalizado, (hay que apuntar que en otros bares de la misma empresa han cambiado la zona donde se produjo dicho accidente laboral por varias denuncias) me fui a la mutua y me han dicho que es una rotura de la décima costilla.
Hoy, jueves 16 me ha llegado un burofax diciendo que estoy despedida por no superar el período de prueba.
Hola.
Tienes muy poca antigüedad. Aunque consiguieras desmostrar un despido que nadavtiene que ver con la no superación del período de prueba (cosa que veo muy difícil), lanindemnización sería irrisoria con 3 días de antigüedad.
hola buenas, me llamo mateo, hace una semana me an diagnosticado la enfermedad de la apnea del sueño
y el medico expecialista como mi medico de cabecera an optado los dos en darme la baja, ya que mi trabajo a realizar es de conductor realizando las tareas de reparto de materiales fabricados por la empresa,me dieron la baja laboral hasta que terminen todas las pruebas y reconocimientos medicos ya que me an declarado por el trabajo que realizo persona pelogrosa para la conduccion,lleve la baja ami emprrsa y me an dicho que pida el alta ya que si no tendrian que optar a poner a otra persona en mi puesto mientras dure la baja,o me podrian despedir
Buenas tardes
Desde hace 3 meses empecé a trabajar en una empresa donde mi jefe me acosa psicológicamente.
Se inventa cosas que yo no he hecho, me habla con desprecio, me humilla delante de los compañeros etc,
El caso es que me está afectando a la salud de forma seria y cada dos dias falto al trabajo con justificante pero sin baja médica.
El caso es que no aguanto más el maltrato y me da miedo que me echen. Mi contrato se acaba el 29 julio no sé cómo denunciar esta situación.
Al final nadie se hace cargo de nada. Hable con el director general. Y me ha ignorado, con RRHH y tampoco me dan solución.
Si cojo la baja por enfermedad común me arriesgo a que me despidan y sin un duro?
Hola!llevaba un mes trabajando y estando dada de alta en la seguridad social,trabajaba mas de 9h diarios y no firme ningun contrato, cuando empeze a trabajar ya estaba embarazada,pero a lo largo de todo el mes tenia que cubrir un puesto o hacer otra funcion,aunque al empezar a trabajar me contrataron como cocinera pero cada vez hacia mas trabajos y cada vez solicitaba mi contrato para saber las horas , mi funcion,y tiempo pero no hubo manera o por que tambien hacia de camarera y cuando lo hacia tenia que estar 12h seguido o bien limpieza subiendo alturas , cogia peso y agachandome y finalmente acabe mal de la espalda que el medico me dio la baja comun,cuando me presente al trabajo para que me pagara los dias trabajados me dijo que igual ya estoy de baja y que tengo que firmar el contrato aunque no tiene gran importancia dicho contrato por que ya estoy dada de alta en la seguridad social.que deberia de hacer?? Puede despdirme sin haber firmado nada??
Hola ,
Estoy embarazada de veinticuatro semanas y he solicitado la baja por riesgo de maternidad a Maz y se me ha concedido pero la empresa no la quiere firmar motivando que el trabajo que desempeñó no supone ningún riesgo. Voy ha pedir la baja medicál por enfermedad común, me pueden echar del trabajo sí estoy de baja en esta situación?
Hola buenas tardes,
Mi nombre es Iván, mi caso es el siguiente:
LLevo en la empresa desde Enero de este año 2016, en mayo cojo la baja porque me rompo el menisco fuera del trabajo y estoy esperando que me llamen para verme en el hospital y me den cita para operarme, acaban de llamarme de la empresa para que vaya mañana a hablar con ellos, que tienen la carta de despido…tengo contrato vigente hasta noviembre, mi pregunta es, sabiendo que van a alegar problemas económicos para poder despedirme legalmente, ¿Debo firmar la carta de despido, o esperar que pasen los 15 dias que me tienen que dar de margen?¿ Alguien va a seguir pagándome mientras esté de baja?¿quien va a ser?¿y respecto a un contrato de 995€ cuanto será?
Gracias, un saludo.
Hola,, buenas tardes.. Trabajo en mi actual empresa desde abril del 2015.Tengo un contrato indefinido con un año de prueba el cual ya ha cumplido. Trás el periodo de prueba inicie contra la empresa una reclamación de condiciones laborales y reclamación de cantidades con la intención de mejorar mis condiciones laborales y reclamar las cantidades que se me adeudan en concepto de horas extras, días festivos, nocturnidades etc….Actualmente me encuentro de baja por contingencias comunes (fractura)por la SS, y a la espera de la celebración del juicio en el juzgado de lo social.
Mi pregunta es la siguiente:
Mientras dure mi baja ¿puedo ser despedida?
Si me despiden….¿contaría como despido nulo o improcedente?
y por último ¿Cuáles son las cuantías que deberían legalmente abonarme?
Gracias.
Hola mi situacion es la siguiente el dia 6/7/2016 me dieron la baja laboral y hoy dia 11/7/2016, al ir a la fisioterapeuta como acostumbraba a hacer desde dicha fecha la medico de la mutua me comunica que ha ultima hora del 8/7/2016 la empresa mando un escrito no reconociendo la baja como tal.
He tenido que ir y pedir la baja comun con fecha 6/7/2016 hasta ahora, es todo esto legal me pueden despedir ahora al estar en esa situacion.
La empresa no mando en ningun momento el bolante de accidente pero si confirmo verbalmente tanto a el medico como al administrativo de la mutua su envio por lo cual si me dieron la baja laboral, he recibido desde el primer dia amenazas para incorporarme al puesto de trabajo y ponen en entredicho mi palabra contra la de elos.
Gracias.
Buenas tardes. Trabajo de comercial y tengo un contrato con un periodo de prueba de dos meses. Llevo más de un mes en la empresa pero he tenido una baja medica ya que tuve una crisis de ansiedad debido a que mi jefe inmediato se refirió a mi de forma despectiva por mis orígenes ( soy sudamericano) diciendo que no vendo porque soy de tal país. A pesar de ser el segundo mejor vendedor. Cosa que reclame al departamento de RRHH. No es solo a mi este trato sino también al resto del equipo. El punto es que me vino un cuadro de ansiedad el jueves pasado me dieron la baja y hoy es miércoles (no tengo ni una semana de baja) y me han dicho que sino pido el alta me echan. El medico me ha renovado la baja una semana más así que me han confirmado que me votan del trabajo. Esto es legal?
Hola. Tengo un contrato de sustitución de un trabajador que esta d baja por operación. Tiene para bastante tiempo y el dato importante es que somos discapacitados. La empresa nos está obligando a hacer horas extras que no podemos asumir por nuestra incapacidad. Mi pregunta es si me pueden despedir si no puedo hacer mas horas de las que hay en mi contrato por mi tipo de contrato. Gracias
Hola!mi situacion es la siguiente…llevo 14 años trabajando en mi empresa ..hace 3 meses estuve de baja casi un mes por una lesion en el pie…(mi trabajo es de andar una media de 6/7 horas diarias)ahora vuelvo a estar mal del pie y rengo cita.con el medico la.semana que.viene seguramente me volvera a dar la baja…pero me.preocupa que me puedan despedir…seria despido improcedente por este motivo?
Buenos días Daniel
estando de baja y tramitando en el juzgado la invalidez permanente.
Pueden despedirme, antes de la resolución?
Se habla de un ERE en la empresa.
Gracias por vuestro esfuerzo.
Hola, estoy de baja por depresion desde 5 de Mayo, no he faltado nunca a la revion de la mutua y he entregado todos los partes de baja siempre.
Mi contrato termina el 11 de Septiembre, pero hoy he ido a recoger un burofax que me ha mandado la empresa en el que dice que me despiden y que el motivo es la disminucion continuada y voluntaria en el rendimiento de trabajo normal o pactado.. Y yo me pregunto ¿como puede ser ese el motivo? no he disminuido mi rendiento en el trabajo ya que no estoy trabajando sino de baja ¿no?
y tambien pone que el despido tendra efectos a partir del 16 de Julio. . No entiendo nada.
gracias
Hola! Mi consulta es que si te despiden en el trabajo por lo que te quedas cobrando el paro pero te encuentras operado de corazón con cuatro bypas y una lumbalgia lo cual no te permite acceder a cualquier tipo de trabajo, se puede solicitar la incapacidad permanente, o por el contrario es obligatorio estar de baja y no en el paro durante todo el proceso. Y en el caso de que estés de baja y la empresa te despide puedes solicitar la incapacidad igualmente o no.
Gracias de antemano.
Un saludo
Hola,
me puse de baja el 18/08/2016 por sangrar cada vez que iva al baño, estoy esperando una colonoscopia de urgencia. Mi período de prueba terminaba el 27 /08 /2016 y en fecha 22/08/2016 me ha enviado la empresa un burofax con una carta de despido por no haber superado el período de prueba.
Es legal esto? Puedo denunciar a la empresa? Estoy segura que si no me hubiese puesto de baja no me hubiesen echado, estaban muy contentos con mi trabajo.
Hola. Ahora mismo me encuentro de baja por contingencia común (rotura) y ya llevo dos meses y medio porque la mutua no ayuda y la SS va peor aun que antes. La baja se va a prolongar casi seguro más tiempo porque como no han hecho nada para recuperar la mano, ni escayolarla siquiera porque no se puede.
Llevaba trabajando 14 años en una empresa (hasta octubre de 2013) y la actividad se subrogó por lo que es la nueva empresa para la que trabajo y en la que llevo dos años ya la que me paga las nóminas.
Temo que la empresa decida despedirme estando de baja y aquí me surgen dudas:
1ª ¿puede la empresa despedirme en esta situación?
2ª Si me despidiera ¿cuál sería realmente la indemnización? Es decir, cuántos días cobraría en total y sobre qué base de cotización.
3ª ¿es un despido procedente?
4ª ¿podría denunciar a la empresa?
Muchas gracias por la ayuda.
Mi situación es la siguiente. Les comente que estoy embarazada una semana y media despues de enterarme yo, supuestamente todo bien… les pedí el contatro y las nominas ya q se las llevaba pidiendo desde q me contrataron, y bueno… Casualmente el 19 de agosto me dieron una semana de baja por unos dolores d cabeza un poco extraños… nada malo y pues me aviso de que iba al trabajo, y pues nos vimos y me dieron el contrato y me dijeron q como se me acavaba el 31 de agosto no me renovaban por estoy embarazada, no se arriesgan a q me pase nada y que no pueden estar pagando un sueldo de mas, q despues d tenerlo si quiero volver adealante. Me avisaron 4 dias antes d q el contrato se acabe y sigo d baja porq mi médico no me la quito… estoy preocupada porque necesito el trabajo y no estoy enferma ni soy una inutil. y puedo hacer mi vida normal perfectamente solo con mas cuidado. No se que hacer porq no me paso nunca algo así… Cualquier cosa decidme por favor, Gracias, un saludo.
Hola tengo una antigüedad del 15/04/2005, termino fijo, el pasado 12/01/2016 me dieron de baja por padecer recaída de espondiliasis anquilosante, hernia lumbar L4-L5-S1 además estoy en tratamiento con Psiquitra por depresión, mi jefe se jubiló y vendió el negocio conmigo incluida yo. Continuó de baja pero los nuevos dueños quieren despedirme. Mi pregunta es pueden despedirme estando de baja y en ese caso que indemnización me correspondería?
Hola,
Tengo un contrato de tres meses y al mes de estar trabajando me dieron la baja por un problema repentino que requería operar de urgencia. La empresa me comunica que me va a cortar el contrato un mes antes por cierre temporal. ¿Es legal?
Hola. Es legal pero lógicamente será un despido y, muy probablemente, en caso de reclamar se considerará improcedente. También se podría reclamar la nulidad alegando que el motrivo es la operación o enfermedad, pero el criterio es muy restrictivo y me temo que es más probable que sea improcedente. La diferencia es que si es nulo la empresa está obligada a readmitirle y si es improcedente escogerá entre eso o indemnizarle. Al tener poca antigüedad, el importe de la indemnización no será muy elevado.
Hola, estoy de baja desde hace un mes por tendinitis y epicondinitis, el problema es que tenía concertada una operación de estética, puedo dometerme a ella o pueden despedirme del trabajo? Gracias
Hola. No veo problema en que te sometas a la intervención. De hecho, podría implicar la baja médica si fuera necesario. El hecho de que esté de baja médica por otra dolencia, no impide que puedas someterte a esa otra intervención. Tu estado de salud forma parte de tu privacidad y no esta´obligada a compartirla con la empresa, salvo excepciones en caso de que realices una especifica actividad laboral que pueda entrañar riesgos para la salud. Pero, evidentemente, sobre esa intervención, no estás obligada a explicar a la empresa de qué se trata.
Hola buenas tardes.
Hoy me han dado la baja médica y en mi puesto de trabajo el mismo día me han despedido. Esto se puede entender, pero tengo una duda. El responsable de RR.HH de mi empresa me dice que me van a despedir «poniendo fin al período de prueba» , lo cual me quitaría la correspondiente indemnización por despido procedente. Según he leido en este mismo post , se supone que la empresa si te despide por baja laboral por enfermedad te indemniza , pero también es verdad que llevo un mes y medio en la empresa y el contrato dice que se aplicará «El máximo permitido por ley» para esta cláusula.
Aquí entramos en una contradicción : Podría impugnar mi despido por este motivo? Realmente me corresponde la indemnización o se solapa una cosa con la otra?
Gracias por adelantado y enhorabuena por esta iniciativa.
Hola. Si ya le han despedido, ahora no pueden comunicarle con posterioridad que es por no cumplimiento del período de prueba. Eso deberían haberlo hecho antes o en el mismo momento de extinguir su contrato de trabajo. Sin embrago, si su antigüedad es de sólo un mes, la verdad es que el importe de la indemnización será mínimo, por lo que no sé si le compensará impugnarlo. Evidentemente, puede hecerlo, pero el resultado económico que puede llegar a conseguir seguramente es muy bajo.
Me han despedido estando dado de baja por accidente de trabajo,la excusa es la de que no e superado el periodo de prueba en el sector de comercio al por mayor aún estoy en rehabilitación con la mutua,entre el día diez de octubre y el accidente fue cuatro días despué¿ es legal el despido? Un Saludo.
Buenas tardes, mi esposo tenia un contrato temporal indefinido de 24 horas semanales desde el dia 10/09/2016, el dia 23 sufrio una caida en un local y tiene un esquince cervical y desde ese dia ha estado de baja. El caso es que en primer lugar la mutua lo rechaza porque se equivocaron y pusieron enfermadad comun y no tenia los 180 dias cotizados, y luego al enviarles un escrito rectifican y dicen que si es procedente e inclusive lo llama el medico de la mutua. La empresa temporal que lo ha contrato sin notificarle le dio baja en la seguridad social hace 4 dias y hoy fue que como el se dio cuenta les escribio y ellos proceden a informarle y le envian la carta de notificacion con fecha de hace 4 dias, pero ademas en vez de poner la fecha de inicio del contrato correcta la pusieron 2 dias despues y la de finalizacion la que antes comente. Nos hemos dado cuenta que la fecha de inicio no cuadra puesto que el empezo a trabajar y fue 2 dias despues que le dieron el alta, o sea que el trabajo dos dias sin seguridad social, es esto correcto? Porque hasta la fecha de hoy que ya ha pasado practicamente un mes no ha percibido ningun pago? quien debe pagarle y cuando? Me encantaria me pudieras quitar estas dudas y me dijeras como debo proceder. Gracias
Buenos días,
En principio, la fecha de la baja médica debería ser la del accidente, salvo que en un inicio pudiera seguir trabajando y la imposiblidad de trabajar debido a la lesión se produjera algo más tarde. Respecto al pago de la prestación, si sigue de alta en la empresa, es ésta la que se la pagará. Si, en cambio, ya no está en la empresa, se lo pagará la Mutua. Y, si se lo debe pagar la empresa pero no lo hace, puede solicitar a la Mutua el pago directo. Un saludo,
Hola,
Si se encuentra dentro del período de prueba, poco podrá hacer. Evidentemente, puede no estar de acuerdo e impugnar la extinción pero la viabilidad de conseguir algo es dudosa.
Buenas noches, el dia 16 me dio un ataque epileptico por estres laboral mientras trabajaba, estuve en el hospital haciendome pruebas, tuve TCE y aun me tiene que citar la neurologa como preferente en sus casos. La cuestion es que llevo dada de alta desde el 10 de junio en teoria a jornada completa, no he firmado ningun contrato ni nada nunca y hoy me llega una carta dertificada diciendome que la extincionde mi contrato es el dia 4/11 y redactada solo tres dias despues de que me pasara esto, he ido a la mutua y me han citado para el dia 9 y alli pregunte cuanto tiempo estaba dada de alta y me dijeron desde el dia 10 y sin finalizacion de contrato.. No se que tengo que hacer, la baja es por estres laboral y recibo estoy hoy, estoy de los nervios y no quiero que esto pase por alto. Necesito ayuda consejo cualquier cosa que entendais del tema porque llevo con ansiedad desde que leí la carta. Muchas gracias
Buenas. Les comento mi caso. Empece en la empresa en agosto del 2015, en abril de este año sufri un accidente por lo que me dieron la baja, posteriormente tuve la mala suerte de romper el perone por el tobillo, por lo que se amplio la baja, aun estoy esperando para comenzar la rehabilitación. Hace dos semanas recibi un burofax informandome de mi despido, motivo: no llegar a los objetivos fijados por la empresa durante los dos ultimos meses (llevo 6 de baja). Podria hacer algo sobre este despido? Es improcedente? Que opciones tengo? Gracias
Estoy con un contrato de obras y servicios. Pues bien me encuentro de baja porque tengo fuertes dolores de espslda y piernas y estoy pendiente de una operacion de srtrodesis desde s1 a l3. Recibo burofax donde me despiden alegando despido disciplinario. Yo he entregado puntualmente mis partes de baja. La empresa alega a la no acomodacion entre su puesto de trabajo y la evolucion estrategico-empresarial de esta compañia. He cumplido hasta enfermar mis objetivos y he cobrado comisiones. La empresa reconoce que es improcedente para evitar juicio. Lo veo todo muy raro. Que puedo hacer?
Si tiene alguna discapacidad reconocida o lo que padeces se considera enfermedad, podrías consultar si puede tratarse de un despido nulo. Si no es así, al menos es improcedente, como reconoce la propia empresa y, en ese caso, para evitar que la indemnización tribute por IRPF, habría que celebrar al menos una conciliación laboral.
Buenas tardes. Llevo trabajando en la empresa tres años, y el pasado mes de Agosto, manejando maquinaria, me lesioné la rodilla. Quince días después, fui al médico, me dieron la baja y durante todo este tiempo me han estado haciendo tanto pruebas varias como rehabilitación. Hoy en la mutua me han dado 15 dias más de baja porque han visto que tengo otra zona lesionada. En la empresa ya me están llamando para ver cuándo me vuelvo a incorporar. Las cosas en la empresa no van bien puesto que están despidiendo a compañeros, y temo que me despidan a mi también. Sería legal? Podrían hacerlo?
La empresa puede decidir despedirla, pero si el despido no está justificado y Ud. lo impugna con una demanda, podría ser declarado improcedente o nulo, según el caso concreto. Si llegase el caso que la despiden, pídanos asesoramiento antes de firmar nada y, si podemos acceder a la carta de despido e información que pueda aportarnos, podíamos darle nuestra opinión sobre la viabilidad de reclamar o no y lo que podría conseguir en ese caso.
Hola llevo casi cuatro meses de baja por una trombosis en vena profunda en pierna derecha. Hasta dentro 2 meses no me hacen un examen mas profundo para saber porq me dio eso a mi edad ya q tengo 36 años y en febrero tengo cita con la internista. El pie me duele a veces mas a veces menos, mi trabajo es todo el dia de pie en limpieza. El médico me dice q mientras me duela el pie no me puede dar de alta. Llevo 6 meses en la empresa y solo 2 trabajados . Mi jefe me dice que me va a dar de baja y q yo tendria q estar de acuerdo. Me da 300 € de liquidacion y dice q la mutua me daria 75% al mes mientras este de baja. Mi nóminaes de 500€ , tengo un contrato indefinido. Y la seguridad social me da 100€ por familia númerosa siempre y cuando este trabajando. Tengo tres hijos y vivimos solo nosotros 4 , mi ex no me ayuda con los gastos y mi novio es quien me ayuda con los gastos pero el también tiene sus gastos. Y la verdad nose q hacer.
Llevo en la empresa desde 1/05/2016
Si la Seguridad Social no te reconoce una incapacidad permanente, no tienes porque causar baja en la empresa. Y si te la reconocen, tienes derecho a que, si dentro de un plazo de 2 años te revisan la incapacidad y por mejoría puedes volver a trabajar, la empresa debería darte el mismo puesto de trabajo. Si la empresa decide despedirte, te aconsejo que firmes no conforme y los consultes con un abogado laboralista.
Buenas tardes. Llevo trabajando en la empresa tres años, y el pasado mes de Agosto, manejando maquinaria, me lesioné la rodilla. Quince días después, fui al médico, me dieron la baja y durante todo este tiempo me han estado haciendo tanto pruebas varias como rehabilitación. Hoy en la mutua me han dado 15 dias más de baja porque han visto que la otra rodilla también está afectada. En la empresa ya me están llamando para ver cuándo me vuelvo a incorporar. Las cosas en la empresa no van bien puesto que están despidiendo a compañeros, y temo que me despidan a mi también. Sería legal? Podrían hacerlo?
Hola.
En principio, si la empresa lo decide, puede despedirte, pero probablemente, si reclamas contra el despido, cabe la posiblidad de que sea declarado improcedente y deban indemnizarte. Dependerá del tipo de despido que hagan y las causas que aleguen. Si la empresa te comunicase le despido, te aconsejo que firmes no conforme y consultes con un abogado laboralista las posibilidades de reclamar o te asesore respecto a alguna propuesta que la empresa te haya podido trasladar.
Hola,
Quiero finalizar mi relación laboral con la empresa.
No está especificado en contrato los días de antelación con los que he de avisar, pero siendo administrativa, creo que son 30 días naturales.
Estando de baja, son validos esos días, o empezarían a contar una vez incorporada de la baja?
Muchas gracias.
Hola. Ese dato lo puede encontrar en el convenio colectivo aplicable.
Hola
Tengo un bar y tengo contratado a camareros, uno de ello tiene contrato hasta febrero del 2017 y esta de baja medica por enfermedad común, ya lo vio la mutua también. El caso es que la baja puede durar bastante, ¿ podría despedirlo antes de que finalice su contrato?.
Hola. En primer lugar, habría que ver si el contrato de trabajo temporal reúne los requisitos para que esa temporalidad sea correcta. En muchos casos, al nos ser correcta la temporalidad del contrato, cuando finaliza y no es renovado por voluntad de la empresa, si el trabajador reclama su verdadera condición de indefinido y en consecuencia el despido improcedente.
Respecto a si le puedes despedir, sí que puedes, pero si su baja médica es por alguna discapacidad o enfermedad, hay riesgo de que pudieran declarar el despido nulo con obligación de readmisión y pago de los salarios de tramitación. Si sabéis que no existen esas circunstancias, se le puede despedir con la correspondiente carta por escrito y exponiendo la causa en la que se basa el despido. Lógicamente, si el trabajador reclama, si no hay celementos para que sea nulo, es muy probable que sí sea declarado improcedente y haya que abonarle la indemnización legal correspondiente.
Hola buenos días, trabajó en inditex, llevo de baja un año, me ha dicho la mutua que se me hace el tribunal medico en un mes, hoy e visto en nómina mucho más de lo habitual, puede ser que le hayan pagado vacaciones no disfrutadas en este tiempo ya que me pone, regul.it 2015 y 2016? Porque para despedirme tienen que avisarme verdad? Si alguien puede ayudarme! Muchas gracias
Hola. Habría que comprara esa nómina con las demás y ver qué conceptos e importes son distintos. Efectivamente, para despedirla le tienen que entregar una carta por escrito. Es posible que le hayan enviado un burofax a la dirección que la empresa tenga de Ud. También puede preguntar en la TGSS si sigue de alta en la empresa. En caso que no, habría que enviar un burofax reclamando que la empresa aclare la situación y, en su caso, ratifique el despido por escrito y seguidamente presentar demanda por despido.
Buenas, tengo una duda, estoy pasando una mala epoca y mis jefes me obligaron a coger la baja por estres, yo no queria cogerla porque todo el mundo tiene epocas malas y con el tiempo se solucionan, me obligaron a cogerla y me dijeron que me tomara el tiempo necesario para estar bien, estoy en tratamiento visitando a la medica y esta me dijo que minimo era un mes de baja, se lo comente a mis jefes y me dijeron que no habia problema, cual es mi sorpresa que a las tres semanas me comunican que me despiden por reduccion de la demanda por el fin de temporada estival, pero resulta que la semana anterior contrataron a otra persona y solo me quieren pagar 20dias por año, llevo 3 años y medio en la empresa pero con distintos tipos de contrato, los finiquitos de los contratos anteriores no me los han pagado y desde mayo de este año estoy indefinido y con el nuevo contrato que tengo que hacer, ya que la baja me la obligaron a coger ellos
Hola. En principio, si no está de acuerdo con el despido debería impugnarse judicialmente. Con la información y documentación podríamos valorar qué tipo de despido reclamamos, nulo y/o improcedente.
Hola!
A finales de agosto me hice daño en el pie trabajando y no acudí a la mutua, e ido a trabajar con dolor y cojeando y e aguantado hasta hace poco… Que el pie me dijo hasta aquí.. me han dado la baja y me la han alargado dos semanas más…
Pueden despedirme en este caso???
Estoy muy preocupada…
Gracias
No puedo saber si la empresa va a despedirla, pero si lo hace es probable que sea un despido improcedente o según el caso concreto, incluso nulo.
Buenas tardes. Tengo 42 años y acabo de tener un aborto después de un tratamiento de Fertilidad. Anteriormente, hace 2 años, tuve un aborto con legrado, de un embarazo natural. Soy camarera pero ejerzo de encargada y fija discontinua. Ahora mismo, estoy hundida, con citas con una psicóloga, pero sufro angustia, ansiedad, estress, pesadillas continuas por la noche. Cuando veo mucha gente (por mi trabajo) se me pone un nudo en el estómago, y me falta el aire. Estoy todo el día triste, suspirando y se me saltan las lágrimas a cada momento… Quiero ir a mi medico de cabecera a ver si me manda al centro de salud mental y me da la baja, porque necesito tranquilidad. Se que en mi empresa si me cojo la baja va a caer como una bomba, pero yo no tengo la culpa de estar tan mal… y todos tenemos derecho a ponernos enfermos. ¿Qué represalias pueden tomar? ¿Y si me despiden qué debo hacer? Gracias.
Hola
Llevo 1 mes y medio de baja médica por enfermedad común aunque mi médico dice que es debido a mi profesión ya que no es la primera vez que me pasa (por una tendinitis en el hombro)..mi contrato es de 6 meses y se acaba el 13 de Diciembre.
Lo malo es que hace una semana me vio el reumatologo y me mando hacer una resonancia para ver la causa del dolor,la mutua me adelanta la prueba y los resultados para que sea más rapido. ….pero mi médico me da otro parte de confirmación el 15 de diciembre
Hasta este miércoles tengo rehabilitación y me inyectan corticoides …..Que debo hacer pedir el alta médica hasta que me hagan la resonancia y ver el resultado mientras tanto trabajo hasta el dia q se acaba mi contrato porque posiblemente me dan de baja nuevamente .
O sigo con la baja hasta saber los resultados y que va a pasar con mi hombro .?????
La empresa no me ha comunicado nada sobre el contrato ni mi actividad con ellos. No se que debo hacer ….
Gracias
Espero si respuesta
Si sigo de baja kien me paga si ya no hay contrato ????
La decisión de darle el alta médica debe tomarla el facultativo en función de su estado de salud.
S su contrato es temporal, habría que ver si es correcta esa temporalidad o si, como sucede a menudo, es un contrato temporal en fraude de ley que debería ser indefinido. En tal caso, si no le renovaran, podría demandar a la empresa por despido.
Hola
Llevo 31 dias de baja por accidente de bicicleta me rompi un dedo. . Me habian hecho dos contratos de tres meses el segundo contrato acaba el 15-01-17 me han despedido segun la empresa por Trasgresion de la buena fe contractual y abuso de la confianza art.54..2.d., y estoy todavia de baja segun el medico hasta el 13-12-16. me gustaria si me pueden asesorar lo que debo hacer porque me han despedido 9-12-16 y que tendrian que pagarme
Hola. Habría que ver el contenido concreto de la carta de despido, es decir, qué hechos exponen como constitutivos de esa transgresión de la buena fe contractual y abuso de la confianza. A priori, lo que puedes hacer es demandar a la empresa por despido improcedente. Para ello, es recomendable acudir a un abogado laboralista. Si tiene muy poca antigüedad, lo más recomendable es solicitar un abogado de oficio, para que no le salga antieconómico demandar. El plazo para reclamar es de 20 días hábiles desde la fecha de efectos del despido.
hola estoy trabajando desde el 2 de noviembre de 2016 para una ett como pintor en una fabrica de pintura pintando la fabrica hoy dia 4 de enero de 2017 me he levantado con fiebre y escalofríos he llamado a la fabrica a mi jefe que me encontraba mal y iba al medico el medico me a dado la baja por 10 días se la enviado a la ett y me an llamado que por que cojia la baja le esplicado a la chica que llevo 15 días trabajando fuera en la calle a -2º y a 5 o 6 grados y su respuesta asido por que no me comprado ropa térmica para trabajar bueno después de discutir un rato me ha dicho que llamaría a la empresa y a las 20 50 recibo una llamada de la ett que recinden mi contrato por que ya estaba todo casi pintado.
mi sorpresa es que me meto en infojobs y están buscando otro pintor para acabar los trabajos que quedan por acabar en esa empresa puedo denunciar por despedirme estando de baja gracias
Hola , buenos días! quisiera exponer mi caso y consultar si es viable presentar mi despido como im procedente. Hace dos semanas y media empecé a trabajar en una empresa y firmé contrato indefinido. Ayer falté a trabajar, previa comunicación, por que amanecí enferma con un virus.
Hoy me presenté (antes de que se cumpla el parte, por que es una empresa muy exigente) y me dijeron que me habían enviado el telegrama de despido por que no consideran que una persona que recién empieza, presente una baja por 48hs, que habían tenido malas experiencia con ello. En conclusión me despidieron por presentar un parte.
Efectivamente, si reclama contra el despido es posible que este sea declarado improcedente y en tal caso la indemnización de 33 días de salario por año de servicio con un antigüedad de 6 meses no será de poco importe, salvo que el salario fuera muy elevado. Si ha habido un móvil discriminatorio o algún tipo de conducta calificable de acoso laboral, podría reclamarse el despido nulo y una indemnización accesoria por daños y perjuicios. Habría que conocer el caso con mayor profundidad y las pruebas de qué disponen. Un saludo
Hola buenas tardes,
No se si podrian ayudarme, tengo un pequeño negocio que no va muy bien solo me da para pagar los gastos y tengo una unica empleada que lleva de baja dos meses, solo me presenta las bajas, me gustaría despedirle ya que el negocio lo estoy sacando yo sola por que no me tengo para pagar otro empleado, esto podria hacerlo? Tendria que indemnizar? No tengo para indemnizar ni siquiera saco un sueldo para mi.
No se si podran ayudarme, desde ya muchas gracias.
Hola. Si existe una situación económica complicada, podría acogerse al despido por causas objetivas que obliga a pagar una indemnización más reducida, de 20 días de salario por año de servicios. Para ello, necesitaríamos ver las cuentas del negocio de este año y los 2 anteriores. Es un despido que requiere del cumplimiento de unos requisitos formales, ya que si no se hace bien puede conllevar que se declare improcedente y la indemnización sea superior.
Buenos dias,
me contrataron el 04 de nov del 2016 con un contrato indefinido con tres meses de prueba,pero el dia 27 de enero tuve un accidente de coche llendo al trabajo.
me han dado la baja por la mutua y hoy dia 31 de enero mi empresa me ha mandado un burofax dicendo ue me despiden por no haber superado el plazo de prueba.
¿la mutua me tiene que seguir pagando hasta el alta?¿puedo solicitar alguna ayuda y tendre alguna ayuda?
¿pueden hacer eso la empresa?
Muchas gracias,sld Gema
En cuanto a la pregunta de si puedes pedir una ayuda, entiendo que te refieres a después del alta médica. En primer lugar, si habías cotizado un mínimo de un año sin haber accedido a cobrar una prestación por desempleo, tendrás derecho a ésta y, si la agotases, existe la posibilidad de percibir un subsidio (ayuda) posteriormente. Otra opción es que hubieras percibido desempleo anteriormente a la relación laboral y no lo hubieses agotado. En ese caso, podrías continuar el período que hubiera quedado pendiente. Ten en cuenta que, al set una incapacidad temporal derivada de accidente de trabajo (in itinere), el tiempo de prestación de esta incapacidad no consume tiempo de prestación por desempleo. Si no estuvieras en ninguno de los dos supuestos anteriores, tendrás que ir a informarte al SEPE si puedes acceder a una ayuda.
En cuanto a si la empresa puede hacer lo que ha hecho, en principio sí que puede al estar dentro del período de prueba. Sin embargo, es lógico pensar que la causa real de la extinción no sea esa sino tu baja médica. En este sentido, habría que saber si la empresa tenía previsión de que continuaras, si así se te manifestó o si se te hubiera comunicado una valoración positiva a tu trabajo, etc. si eso fuera así, sería necesario disponer de pruebas para poder acreditarlo. Si eso se pudiera probar, la otra parte sería saber si tu baja médica se prevé de larga duración o no, en función de las lesiones que hayas sufrido con el accidente y lo que hayan previsto los médicos. Si no se previera larga duración, como mucho se podría obtener un despido improcedente que, dada tu poca antigüedad, comportaría una indemnización muy baja, salvo que tuvieras un salario muy elevado. En caso que si se previera una baja médica de larga duración, podría reclamarse un despido nulo con derecho a recuperar el puesto de trabajo, pero eso es algo que sólo algunos jueces concederían en base a unas sentencias del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, ya que hasta ahora el Tribunal Supremo no mantiene ese criterio. En resumen, la reclamación contra el despido dependería de las circunstancias concretas de tu baja médica y las expectativas de obtener un resultado positivo para tus intereses sería algo incierto.
Hola,
La empresa para la que trabajo lleva sin pagarme desde octubre del pasado año. Me he quedado de baja hace 3 semanas por enfermedad común y tengo una duda y es si voy a cobrar algo por parte de la seguridad social.
Hoy unas compañeras me han dicho que la empresa renuncia al contrato que tiene con el gobierno de mi comunidad, ¿ en qué situación nos quedamos los empleados y que además estamos sin cobrar? Gracias.
En su caso, pueden reclamar la extinción de su contrato de trabajo por vía judicial en base a loa impagos de salario, más la reclamación de esos salarios impagados. Yo me avanzaría a un posible despido por caisas objetivas que pudiera hacer la empresa.
Hola,
Tengo un grado de discapacidad 36% y trabajo en una empresa de personas con minusvalía, en estos momentos estoy de baja y me tienen que operar de la espalda tengo un problema en los discos que me producen dolores de espalda y sobre todo en las piernas, y quisiera saber si con un 36% de discapacidad y una operación de espalda es suficiente para pedir una pensión…….. Muchas gracias
El hecho de tener el grado de discapacidad no supone la seguridad de poder obtener una incapacidad permanente con una pensión. En el caso de la pensión no contributiva, se requiere tener al menos un 65%. Pero en el caso de la contributiva, que supongo que es por la que preguntas, el hecho de existir un grado de minusvalía puede ser un elemento más que puede ayudar, pero lo que se va a tener en cuenta es que la lesión no permita realizar la profesión habitual (grado total) o ninguna profesión (grado absoluto). En cuanto al grado, si ha habido una agravación de lesiones, podrías solicitar una revisión del mismo.
Hola
Estoy en prueba y estoy de baja desde el día 15/3 y entregado dos partes de baja vía Email.
Y a día de hoy he recibido un mensaje de la seguridad social de que el día 22/ 3 me han dado de baja. Esto lo pueden hacer?
Ni siquiera me han avisado.
Espero que alguien me pueda ayudar.
Muchas gracias
Pot ser que li hagin enviat una comunicació per correu. Revisi-ho. Segurament, és un acomiadament contra el qual es pot reclamar la improcedència o nul·litat. Disposa de 20 dies hàbils des del 22/03/2017 per reclamar.
Buenos días, soy dentista y tengo contrato de trabajo con finalización del mismo a fecha 5 de Agosto de 2017 en una clinica dental yo entré a trabajar con ellos con fecha 5 de agosot de 2016, pero la empresa quiere prescindir de mis servicios en este próximo mes, quisiera saber si esto pueden hacerlo o están obligados a la finalización de contrato, no se si se considera incumpliendo de contrato o despido improcedente, en caso de poder hacerlo, no se que derechos tengo, que reclamar y la cuantia que me pertenece, ¿ podrían aclararme ?, ahora tengo una baja por enfermedad por el estado de nervios que me produjo la noticia ¿ Estando de baja también me pueden despedir ?.
Gracias, quedo a la espera de su respuesta.
Atte. Carmen
Hola. Entenc que seria un acomiadament. Caldria veure en base a quina causa l’empresa procedeix a l’acomiadment. A partir d’aquí, podríem valorar si aquest pot ser improcedent o nul. Si, finalment, no l’acomiadexxin abans de finalitar el contracte, assessor’s bé sobre si el seu contracte tenmporal està justificat o si, en la pràctica, ha de ser considerat indefinit. Això és quelcom que passa molt sovint. Aleshores, la finalització de contracte acaba sent declarat com acomiadament improcedent.
Hola,
Tengo un pequeño negocio el cual no me da más que para pagar un salario y mal vivir. El caso es que la única empleada que tengo se dio de baja por contingencias comunes a la semana de enterarse que estaba embarazada. El caso es que tengo pruebas de que esta trabajando en un negocio familiar que tiene su cuñado.
Ella me entrega los partes de confirmación semanalmente y a fin de mes viene para asegurarse que la pago y a por su nomina.
La puedo despedir por fraude o algo así, Tendría que denunciarla, a donde y como?
El caso es que no puedo seguir con esta situación, ya que no puedo hacer frente a otro contrato teniendo a esta señora.
Les agradecería que me ayudaran, Muchas gracias.
Hola. Si és cert que està de baixa mèdica i alhora està treballant a un altre lloc, això podria justificar un acomoiadament disciplinari per transgreció de la bona fe contractual. Per`p és l’empresa la que té la càrrega de provar aquests fets. En aquests cas, si s’entengués que l’acomiadament no queda prou justificat, el fet d’estar embarassada faria que l’acomiadament fos nul, és adir, amb obligació de readmetre i pagar els salaris de tramitació que hi pogués haver (mentre estigui de baixa mèdica no es meriten salaris de tramitació) i, en cas que es reclamés, podria haver alguna indemnització adcional.
Per tant,cal poder provar que es produeix aquesta situació: que età de baixa mèdica i treballant a un altre lloc, si no seria arriscat.
Hola
Estoy actualmente de baja por depresión y quiero cambiar de residencia, me va a venir bien cambiar de aires y quiero saber que tendría que hacer yo o la empresa. Gracias
Si es una baja médica temporal, tenga en cuenta que si le dan el alta médica deberá reincorporarse a su puesto de trabajo en la empresa. Y durante la baja médica puede ser requerida para reconocimientos médicos, de modo que si no se presenta le pueden extinguir el derecho a la prestación. Yo, de momento, no cambiará de residencia.
hola estoy de baja ,me estan haciendo pruebas aun, ya que no saben a que son debidas mis dolencias ,hoy me llego un burofax para firmar el despido, pero no se que debo hacer ya que yo no tengo culpa que el medico me mantenga de baja a la espera de las pruebas. pueden despedirme estando de baja?