Cálculo de la indemnización por despido

Cálculo de la indemnización por despido

Cómo se calcula la indemnización por despido es una pregunta muy habitual en nuestro bufete de abogados laboralistas. En este artículo te explicaré qué tipos de despido conllevan indemnización y por qué importe, y cuáles no, así cómo puedes calcularla tu mismo, aunque según mi experiencia siempre es bueno consultar a un abogado laboral para asegurarte de que es correcta o recurrir el despido sino te corresponde indemnización y no estás conforme.

Qué es la indemnización por despido

La indemnización es una compensación económica que se otorga cuando el despido es responsabilidad de la empresa y no del trabajador. Su finalidad es compensar al trabajador por la pérdida del empleo.

¿Cuándo se tiene derecho a indemnización?

No todos los despidos implican una indemnización. Dependerá del tipo de despido:

  • Despido objetivo procedente: 20 días por año trabajado
  • Despido improcedente: Anteriores a febrero de 2012: 45 días por año. Posteriores a febrero de 2012: 33 días por año
  • Despido nulo: el trabajador debe ser readmitido y cobrará salarios de tramitación.
  • Despido disciplinario procedente: no hay  indemnización.
  • Baja voluntaria: no hay indemnización.
  • Rescisión contrato por movilidad geográfica: 20 día por año
  • Rescisión contrato por cambios condiciones de trabajo: 20 día por año
  • Víctimas de violencia de género, sexual o terrorismo: 20 días por año
  • Extinción contrato temporal firmado después de enero de 2015: 12 días por año

Diferencias clave entre indemnización y finiquito

Concepto

¿Cuándo se paga?

¿Es obligatoria siempre?

¿Qué incluye?

Finiquito

En cualquier extinción del contrato

Salarios pendientes, vacaciones, extras

Indemnización

Solo en despidos no voluntarios

No

Compensación por despido

¿Cómo se calcula el importe de la indemnización por despido?

Para obtener el importe correcto de la indemnización, se deben considerar tres factores:

1. Salario diario: Se calcula dividiendo el salario anual bruto (incluyendo pagas extra) entre 365 o 366 días.

  • Ejemplo:
  • Salario mensual: 1.300 €
  • Pagas extra: 1.000 € x 2 = 2.000 €
  • Salario anual: 15.600 + 2.000 = 17.600 €
  • Salario diario: 17.600 € / 365 = 48,22 €
  • Importante: No se incluyen dietas, planes de pensiones, ni pluses no salariales.

2. Antigüedad

  • Se calcula desde el inicio hasta el fin del contrato. Los meses incompletos se redondean al alza.
  • Ejemplo:
    Si trabajaste desde abril de 2010 hasta octubre de 2020, tienes una antigüedad de 127 meses.

3. Tipo de despido

1. Despido objetivo

  • Indemnización: 20 días por año trabajado, con un máximo de 12 mensualidades.
  • Ejemplo: Si trabajaste 5 años con un salario diario de 50 €, la indemnización sería:
    50 € x 20 días x 5 años = 5.000 €

2. Despido improcedente

  • Relaciones posteriores a febrero de 2012: 33 días por año trabajado, máximo 24 mensualidades.
  • Relaciones anteriores a febrero de 2012: 45 días por año trabajado hasta esa fecha + 33 días por año después, con tope de 42 mensualidades.

3. Despido disciplinario

  • Si es procedente, no hay indemnización.
  • Si se impugna y se declara improcedente o nulo, se aplican las condiciones del despido improcedente o nulo.

Ver ¿Cómo impugnar un despido? Plazos, procedimientos y derechos del trabajador

Tipos de caso de indemnización tras un despido

Caso de Indemnización en un despido objetivo:

  • Antigüedad: 5 años.
  • Salario módulo: 40.-€ diarios.
  • Indemnización legal: 20 días por año.

* Cálculo por meses = 60 x (20/12) x 40 = 4.000.-€

* Cálculo por años =   5 x 20 x 40 = 4.000.-€.

  • Si el importe que resulte del cálculo es mayor que el de doce meses de salario, entonces la indemnización por despido objetivo será la cantidad de doce meses de salario.

Caso de Indemnización en un despido improcedente:

  • Antigüedad: 5 años.
  • Salario módulo: 40.-€ diarios.
  • Indemnización legal: 45 días por año + 33 días por año.

Primer período: 45 días x año:

  • Antigüedad: 2 años (12/02/2008 – 11/02/2012).
  • Salario diario: 50.-€ diarios.
  • Indemnización legal: 45 días por año.
  • Si el importe es superior a cuarenta y dos meses de salario, esta parte de indemnización será la cantidad de cuarenta y dos meses de salario.

* Cálculo por años a I =   4 x 45 x 40 = 7.200.-€.

* Cálculo por meses a I = 48 x (45/12) x 40 = 7.200.-€

Segundo período: 33 días x año:

  • Antigüedad: 1 año (12/02/2012 – 11/02/2013).
  • Salario diario: 40.-€ diarios.
  • Indemnización legal: 33 días por año.

* Cálculo por meses = 12 x (33/12) x 40 = 1.320.-€

* Cálculo por años =   1 x 33 x 40 = 1.320.-€.

Indemnización total: Finalmente, se suman ambos importes siendo la indemnización total de 8.520 Euros (7.200.-€ + 1.320.-€). Si bien, hay un límite global que es el siguiente: Si el importe correspondiente al tramo de 45 días por año supera el equivalente a 24 meses de salario bruto, entonces ese importe será la indemnización total máxima (hasta el límite máximo de 42 meses de salario bruto), de modo que no habría que sumarle el importe resultante de calcular el tramo de 33 días por año.

  • Si el importe es superior a veinticuatro meses de salario, esta parte de la indemnización sería el importe veinticuatro mensualidades de salario.

Cálculo de indemnización por despido

Si quieres calcular tu indemnización por despido, puedes utilizar esta calculadora de indemnización del Poder Judicial de España.

De todas formas, si te han despedido es mejor que consultes con un abogado laboral especializado en despidos, no solo para calcular que la indemnización y el finiquito sean correctos, sobretodo en casos de despido disciplinario u objetivo, sino para analizar las causas y la forma de comunicación para ver si puedes optar a una mejor indemnización.

Preguntas frecuentes sobre la indemnización por despido

¿Qué tipos de despido suponen el pago indemnización?

* Despido objetivo o colectivo: La ley establece una indemnización de 20 días por año trabajado con una limitación de doce meses de salario. Esta indemnización puede ser complementada por la empresa manteniéndose la misma clase de despido.

* Despido disciplinario: No comporta indemnización alguna, excepto que finalmente sea calificado como improcedente.

* Despido procedente: Cuando se declara un despido procedente, si es un Despido objetivo subsiste la misma indemnización pagada o reconocida inicialmente. Si se trata de un Despido disciplinario, entonces no comportará indemnización.

* Despido improcedente: Si se dicta una sentencia declarando el despido improcedente, habrá 2 opciones: a) Pagar la indemnización; y b) Readmitir al trabajador.

a) La indemnización será de cuarenta y cinco días por año de servicio con una limitación de cuarenta y dos mensualidades por el tramo temporal anterior al 12 de febrero de 2012 (reforma laboral); y será de treinta y tres días por año trabajadocon una limitación de veinticuatro meses por el tramo temporal desde el 12 de febrero de 2012 en adelante.

b) Si se opta por la readmisión del trabajador no percibirá ninguna indemnización y se reincorporará al puesto de trabajo en las condiciones anteriores al despido o en aquellas que fije la sentencia judicial, y además deberá percibir de la empresa los salarios de tramitación entre el momento del despido y la notificación de la sentencia judicial.

El derecho a elegir entre la readmisión o la indemnización recae en la empresa, excepto que el trabajador sea miembro de la representación legal de los trabajadores.

 * Despido nulo: No conlleva indemnización, sino sólo que el trabajador sea readmitido en el puesto de trabajo con derecho a percibir los salarios de tramitación antes indicados. A veces, puede añadirse una indemnización por daños morales o por daños y perjuicios, si ha habido alguna causa de discriminación fijada legalmente.

Ver Qué es el despido laboral. Tipos y qué debes hacer si te despiden

estoy de baja y no me han pagado como reclamar

¿Cuál es la diferencia entre indemnización y finiquito?

Cuando finaliza una relación laboral, surgen términos que generan confusión: finiquito e indemnización. Aunque muchas personas los utilizan como sinónimos, en realidad se trata de conceptos distintos con implicaciones legales y económicas muy diferentes.

¿Qué es el finiquito y cuándo se paga?

El finiquito es la liquidación final que la empresa debe abonar al trabajador cuando se extingue la relación laboral, independientemente de la causa del cese (despido, baja voluntaria, finalización de contrato, etc.).

El finiquito se compone de los siguientes conceptos:

  • Salario correspondiente a los días trabajados del mes en curso.
  • Parte proporcional de las pagas extraordinarias.
  • Días de vacaciones generados y no disfrutados.
  • Otros conceptos pendientes: dietas, bonus, horas extra, etc.

Ejemplo: Si has trabajado hasta el día 10 de un mes y no has cobrado, la empresa debe abonarte esos 10 días, más las vacaciones pendientes y otros conceptos acumulados.

El finiquito se paga el último día de trabajo o, como máximo, al día siguiente. Se firma un documento que detalla todos los conceptos y el importe final, que debe ser revisado con detenimiento antes de firmar.

Ver ¿Cómo calcular el finiquito que nos corresponde?

¿Se puede negociar una indemnización mayor?

Sí, siempre que exista acuerdo entre empresa y trabajador. Si se pacta una indemnización superior a la legal, la diferencia tributa como rendimiento del trabajo.

¿Qué hacer si no estás conforme con tu despido?

Si crees que tu despido es injusto, puedes impugnarlo ante los tribunales. En ese caso, es clave contar con un abogado experto en despidos para:

  • Revisar si el despido cumple con los requisitos formales.
  • Valorar si las causas alegadas son justificadas.
  • Calcular correctamente el finiquito y la indemnización.

Abogados expertos en derecho laboral

En Marben Abogados encontrarás un despacho de abogados con amplia experiencia y dedicación exclusiva al derecho laboral y la defensa de los derechos de los trabajadores. Este enfoque y nuestros más de 20 años de experiencia en la materia hacen que tengamos un conocimiento profundo del derecho laboral, su jurisprudencia y la actualidad normativa.

Si tiene dudas sobre el cálculo de la indemnización de su despido, o del finiquito, o bien quiere reclamar el despido, no dudes en contactar con nosotros. Somos abogados especialistas en derecho laboral. Llámanos al 629 683 746 y te ayudaremos a obtener la mayor indemnización posible.

También puede leer:

Finiquito. Cuándo firmarlo con no conforme

Las empresas deberán escuchar al trabajador antes de despedirlo

Los tribunales no podrán aumentar la indemnización por despido improcedente, según el Tribunal Supremo

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6 thoughts on “Cálculo de la indemnización por despido”

  1. Buenas,

    Para quien le pueda interesar he creado una app para calcular el finiquito de una forma rápida, la app se llama Indemnization y está disponible para android

  2. Me parece muy claro la exposición, actualmente estoy pensando en adquirir un nuevo programa laboral, y quisiera saber si normalmente llevan incorporada la función de calcular los coste de los despidos; y en caso que sea así, alguna recomendación. gracias.

  3. Rosa María Belmonte Delgado

    Hola,

    me gustaría conocer las fuentes normativas de este tipo de cálculo.

    Gracias

  4. Pingback: Tipos de indemnización por despido | CaixaLaietana

  5. Hola , no se si me puedes ayudar. Mi caso es el siguiente:
    Quiero acceder a cobrar el subsidio por desempleo y cumplo los requisitos , pero en uno tengo duda, que nadie me sabe aclarar.
    resulta que cobré hace dos años una indemnización y en el SEPE me indican que tal concepto no será causa de denegación del subsidio si tal indemnización no supera el limite legal.
    Me podrías decir donde puedo saber cual es el limite legal?. Yo cobre 45 dias por año trabajado, fecha de alta 07/12/99 y baja 17/08/2014.
    Muchas gracias

  6. Pingback: ¿Cómo calculo mi indemnización por despido?

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