Diferencias entre Incapacidad Permanente y Discapacidad: Conceptos, grados y beneficios

incapacidad laboral

En el ámbito legal y social en España, los términos discapacidad e incapacidad permanente suelen confundirse con frecuencia, aunque se trata de realidades distintas que generan derechos y beneficios diferentes. Entender en qué se diferencian es fundamental para evitar errores, aprovechar las ayudas disponibles y conocer qué organismo gestiona cada caso.

¿Qué es la discapacidad?

La discapacidad es un reconocimiento administrativo de una limitación física, psíquica, intelectual o sensorial que afecta la autonomía personal y la participación plena en la sociedad.

  • Ámbito: Abarca la vida personal, social, educativa y laboral.
  • Organismo competente: Se valora en los centros de valoración y orientación de cada comunidad autónoma. En Cataluña, por ejemplo, lo gestiona el Departament de Treball, Afers Social i Familia
  • Escala de medición: Se mide en porcentajes del 0% al 100%, conforme al Real Decreto 1971/1999.
  • Beneficios:
    • A partir del 33%, se accede a ventajas fiscales, laborales, educativas y de ocio.
    • Con un 65% o más, se considera discapacidad grave y puede dar derecho a una pensión no contributiva si se cumplen ciertos requisitos económicos.

Ejemplo: Una persona con problemas de movilidad a la que se le reconoce un 45% de discapacidad tendrá derecho a deducciones fiscales, acceso a programas de empleo protegido y bonificaciones en actividades culturales.

Ver La Discapacidad: Qué es y sus diferencias con la incapacidad permanente

¿Qué es la incapacidad permanente?

La incapacidad permanente se vincula exclusivamente al ámbito laboral y supone la pérdida, total o parcial, de la capacidad de un trabajador para realizar su actividad profesional.

  • Ámbito: Solo laboral.
  • Organismo competente: El Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) es el encargado de evaluarla y concederla.
  • Beneficios: Conlleva siempre una pensión económica, cuyo importe depende del grado de incapacidad.
  • Grados de incapacidad permanente:
    • Parcial: Reduce el rendimiento laboral, pero permite seguir trabajando.
    • Total: Impide trabajar en la profesión habitual, aunque permite desempeñar otra distinta.
    • Total cualificada: Total con incremento en la pensión para mayores de 55 años.
    • Absoluta: Incapacidad para cualquier profesión.
    • Gran invalidez: Requiere ayuda de otra persona para realizar actos básicos de la vida diaria.

Ver Valoración de incapacidades laborales: Guía

Ejemplo: Un trabajador de la construcción con lesión irreversible en la espalda puede recibir una incapacidad permanente total que le impide continuar en su oficio, pero le permite trabajar en un puesto administrativo.

Ver más info sobre incapacidad permanente

Diferencias clave entre incapacidad y discapacidad

Aunque la incapacidad laboral y la discapacidad pueden coexistir, no son lo mismo:

Diferencias entre Incapacidad Permanente y Discapacidad
Característica Incapacidad Permanente Discapacidad
Ámbito Exclusivamente laboral Personal, social, educativa y laboral
Concepto Reducción o pérdida de la capacidad para realizar la actividad laboral habitual Reconocimiento oficial de limitación física, psíquica, sensorial o intelectual que afecta la participación social
Organismo responsable Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) Centros de valoración y orientación de cada comunidad autónoma
Evaluación Grados: parcial, total, absoluta, gran invalidez Porcentaje de 0% a 100% (Real Decreto 1971/1999)
Beneficios Pensión contributiva mensual o indemnización Beneficios sociales, fiscales, laborales y de movilidad (a partir del 33%)
Compatibilidad Compatible con discapacidad, siempre implica pensión Compatible con trabajo y pensión si se cumplen ciertos requisitos
Reconocimiento automático Sí, la pensión implica 33% de discapacidad a efectos limitados No, requiere solicitud en los servicios sociales para todos los beneficios
Relevancia económica Alta: pensión basada en cotizaciones Variable: pensión solo si se cumple grado ≥65% y requisitos económicos
Finalidad Garantizar ingresos al trabajador que no puede desempeñar su labor Reconocer limitaciones y facilitar acceso a derechos y ayudas

Relación entre incapacidad y discapacidad: el 33% automático

Desde el 1 de marzo de 2023, toda persona con una incapacidad permanente total, absoluta o gran invalidez es reconocida automáticamente como persona con discapacidad con un 33%.

Sin embargo, este reconocimiento no equivale al certificado oficial expedido por los servicios sociales de la comunidad autónoma.

  • El 33% automático otorga derechos como:
    • No discriminación e igualdad de oportunidades.
    • Acceso a empleo protegido.
    • Ampliación de deducciones fiscales en el IRPF.
  • El certificado autonómico, en cambio, abre la puerta a todos los beneficios (ayudas económicas, movilidad reducida, bonificaciones en transporte, etc.).

Ejemplo: Un pensionista con incapacidad permanente absoluta será considerado persona con discapacidad al 33%, pero para obtener tarjeta de aparcamiento o descuentos específicos deberá solicitar el reconocimiento oficial en su comunidad autónoma.

Beneficios del reconocimiento de la discapacidad

Contar con un certificado de discapacidad otorgado por tu comunidad autónoma (a partir del 33%) ofrece ventajas importantes:

  • Laborales: Acceso a empleo protegido, bonificaciones en la contratación y reservas de plazas en oposiciones.
  • Fiscales: Deducciones en el IRPF, IVA reducido en productos y vehículos adaptados.
  • Sociales: Prioridad en becas, ayudas para estudios y descuentos culturales.
  • Movilidad: Con el baremo de movilidad positivo, se obtiene tarjeta de aparcamiento, IVA reducido en la compra de vehículos y facilidades en el transporte.

Ver más beneficios por discapacidad

¿Cuánto se cobra por discapacidad en España?

La discapacidad en sí misma no genera pensión, salvo en casos de pensión no contributiva (PNC).

  • Pensión No Contributiva por invalidez (2025):
    • Cuantía íntegra: 5.899,60 € anuales (421,40 €/mes en 14 pagas).
    • Con discapacidad ≥ 75%: hasta 8.849,40 € anuales gracias a un incremento del 50%.
  • Prestación por hijo a cargo con discapacidad:
    • 1.000 € anuales (83,33 €/mes) si el menor tiene al menos un 33% de discapacidad.

¿Cuánto se cobra por incapacidad permanente en España?

En España, la cuantía de la pensión por incapacidad permanente depende del grado de incapacidad reconocido, la base reguladora (que se calcula según las bases de cotización de los últimos años) y la situación familiar del beneficiario. A continuación, se detallan los diferentes grados de incapacidad y sus correspondientes pensiones mensuales para el año 2025:YouTube+11Campmany Abogados+11Instituto Santalucía+11

Incapacidad Permanente Parcial

  • Descripción: Imposibilidad de realizar algunas tareas de la profesión habitual, pero sin impedir el ejercicio de otras actividades laborales.
  • Compensación: Indemnización única equivalente a 24 mensualidades de la base reguladora.

Incapacidad Permanente Total

  • Descripción: Incapacidad para desempeñar la profesión habitual, aunque se puede realizar otro tipo de trabajo.
  • Cálculo de la pensión: 55% de la base reguladora.
  • Incremento por edad: A partir de los 55 años, si se cumplen ciertos requisitos, se puede incrementar hasta el 75% de la base reguladora.

Incapacidad Permanente Absoluta

  • Descripción: Incapacidad para realizar cualquier tipo de trabajo.
  • Cálculo de la pensión: 100% de la base reguladora.

Gran Invalidez

  • Descripción: Incapacidad total para trabajar y necesidad de asistencia de otra persona para las actividades básicas de la vida diaria.
  • Cálculo de la pensión: 100% de la base reguladora más un complemento adicional del 45% al 50%.

 Ejemplos de pensiones mensuales para 2025

Grado de Incapacidad

Situación Familiar

Importe Mensual (€)

Gran Invalidez

Con cónyuge a cargo

1.691,30

Sin cónyuge

1.311,60

Con cónyuge no a cargo

1.245,00

Incapacidad Total

Con cónyuge a cargo

1.127,60

Sin cónyuge

874,40

Con cónyuge no a cargo

830,00

Incapacidad Total

Menores de 60 años

644,60

  • Base reguladora: Se calcula con el promedio de las bases de cotización de los últimos 96 meses (8 años) anteriores al hecho causante de la incapacidad.
  • Compatibilidad con otras pensiones: Es posible recibir simultáneamente pensiones de incapacidad permanente y de viudedad, pero no pensiones de incapacidad y jubilación del mismo régimen.
  • Además, lleva asociada un serie de beneficios económicos y sociales. Ver Ventajas y Beneficios de la incapacidad permanente total

Para obtener una estimación personalizada de tu pensión por incapacidad permanente puedes contactar con el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) o consultar consultar con un buen abogado de incapacidad especializado en Seguridad Social que te orientará en cada paso de tu solicitud y aumentará tus posibilidades de éxito en la reclamación de tu pensión de incapacidad permanente o cualquier tema relacionado con ella.

En nuestro despacho de abogados laboralistas en Barcelona podemos ayudarte, llámanos al 93 531 30 34 y te informamos sobre las mejores opciones que tienes si quieres conseguir que le INSS reconozca tu incapacidad permanente para conseguir una pensión y sus beneficios asociados.

También puedes leer:

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¿Se pueden cobrar dos pensiones de incapacidad permanente?

¿Es compatible el cobro de una pensión de incapacidad permanente con ayudas u otro tipo de pensiones?

Lista de Enfermedades para Incapacidad Permanente

 

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