Los permisos laborales retribuidos son facilidades que ofrecen las empresas, según lo que estipulan las leyes laborales y los distintos convenios colectivos, para que un trabajador puede ausentarse de su puesto de trabajo sin dejar de percibir su salario.
Qué son los permisos laborales retribuidos
Los permisos retribuidos son ausencias justificadas del trabajo que no suponen pérdida de salario. Están regulados por el artículo 37 del Estatuto de los Trabajadores (ET), aunque pueden mejorarse a través del convenio colectivo aplicable en cada empresa.
Importante: Consulta siempre tu convenio colectivo, ya que puede ampliar los días de permiso, los supuestos contemplados o los procedimientos. ya que muchos mejoran sustancialmente la regulación básica del ET, tanto en duración como en los supuestos contemplados.
En el entorno laboral español, es habitual que surjan dudas sobre los días de asuntos propios y los distintos permisos laborales recogidos en el Estatuto de los Trabajadores. Aunque a simple vista pueden parecer similares, ya que ambos implican ausentarse del trabajo, su naturaleza legal, remuneración y justificación varían significativamente.
Los días de asuntos propios (también conocidos como días personales) son jornadas que un trabajador puede utilizar a su conveniencia, sin necesidad de justificar una causa concreta. A diferencia de los permisos regulados en el Estatuto, no están contemplados por defecto en la legislación laboral española, sino que deben estar previstos en el convenio colectivo aplicable o ser concedidos voluntariamente por la empresa.
Diferencias clave entre permisos laborales y días de asuntos propios
| Característica | Permisos laborales | Días de asuntos propios |
| Base legal | Estatuto de los Trabajadores (art. 37) | Convenio colectivo o acuerdo interno |
| Obligatoriedad para la empresa | Obligatorios si se cumplen requisitos | Voluntarios, según convenio |
| Justificación del motivo | Obligatoria (certificados, citas, etc.) | No obligatoria, solo preaviso |
| Retribución | Sí, salario íntegro | Puede ser retribuido o no |
| Número de días | Establecido por ley | Variable, depende del convenio |
| Recuperación de horas | No se recuperan | Depende de si son retribuidos o no |
Principales permisos retribuidos contemplados en el Estatuto de los Trabajadores
Estos son los permisos laborales más comunes reconocidos legalmente:
- Matrimonio o pareja de hecho
- Duración: 15 días naturales.
- Remuneración: 100 % del salario.
2. Enfermedad grave, accidente, hospitalización o intervención quirúrgica
- Personas beneficiarias: Cónyuge, pareja de hecho, parientes hasta segundo grado o convivientes.
- Duración: 5 días laborables.
3. Fallecimiento de familiar
- Duración: 2 días (4 si hay desplazamiento que implique pernoctar fuera del domicilio).
4. Traslado de domicilio habitual
- Duración: 1 día.
5. Deber inexcusable, público y personal
- Ejemplos: Citaciones judiciales, deberes electorales, etc.
- Duración: Tiempo indispensable.
6. Exámenes prenatales y preparación al parto o adopción
- Duración: Tiempo indispensable.
7. Donación de órganos o tejidos
- Duración: Tiempo necesario durante la jornada laboral.
8. Imposibilidad de acudir al centro de trabajo por causas de fuerza mayor
- Duración: Hasta 4 días (prorrogables si persiste el riesgo).
9. Permiso por fuerza mayor para cuidados urgentes
Desde el Real Decreto-ley 5/2023, se reconoce un permiso especial para situaciones imprevistas:
- Duración: Hasta 4 días al año o su equivalente en horas.
- Motivo: Presencia inmediata por accidente o enfermedad de familiar o conviviente.
10. Permiso por lactancia: conciliación familiar
El artículo 37.4 regula el permiso por lactancia:
- Duración: 1 hora diaria hasta los 9 meses (ampliable en partos múltiples).
- Opciones: Redu
- Duración: Hasta 4 días al año o su equivalente en horas.cción de jornada en media hora o acumulación en días completos.
- Titulares: Ambos progenitores pueden disfrutarlo, de forma individual y no transferible.
- Condiciones especiales: En la misma empresa, puede limitarse el disfrute simultáneo por necesidades organizativas justificadas.
11. Permiso parental no retribuido de 8 semanas
Otra novedad del Decreto-ley 5/2023 es el permiso parental:
- Duración: 8 semanas hasta que el hijo o hija cumpla 8 años.
- Remuneración: No retribuido (por el momento).
- Flexibilidad: Puede disfrutarse de forma continua o intermitente.
12. Reducción de jornada por responsabilidades familiares
El artículo 37.6 permite reducir la jornada en casos como:
- Cuidado de hijos menores de 12 años.
- Atención a familiares con discapacidad sin empleo remunerado.
- Cuidado de hijos con enfermedad grave (hasta 23 años).
Atención: Estas reducciones conllevan también una reducción proporcional del salario.
13. Permiso durante el preaviso de despido objetivo
Según el artículo 53.2 ET:
- Duración del preaviso: 15 días.
- Permiso incluido: Hasta 6 horas semanales para buscar empleo.
- Aplicación: Solo en contratos indefinidos. En contratos temporales, no se aplica.
- Jornadas parciales: El permiso será proporcional (3 horas si es media jornada).
Preaviso y justificación documental
¿Cuándo debo avisar qué necesito un permiso laboral?
- Para lactancia, nacimiento prematuro y responsabilidades de cuidado: 15 días de preaviso.
- En el resto de los casos: No se exige un plazo concreto, pero se recomienda hacerlo con antelación razonable.
- En situaciones urgentes (fallecimiento, accidente): El aviso puede ser inmediato o posterior.
¿Qué documentos debo presentar?
Algunos ejemplos:
- Matrimonio: Certificado o libro de familia.
- Hospitalización: Justificante médico.
- Fallecimiento: Certificado de defunción.
- Mudanza: Contrato, empadronamiento o escritura.
- Deber inexcusable: Citación oficial.
Guarda siempre una copia sellada o firmada de la solicitud presentada.
¿Cómo computan los días de permiso?
- Matrimonio: 15 días naturales (incluyen festivos y fines de semana).
- Otros permisos: Días laborables, salvo que el convenio indique lo contrario.
- Inicio del permiso: Se cuenta desde el primer día laborable posterior al hecho causante.
Diferencias entre permisos retribuidos, reducciones de jornada y excedencias
| Tipo de ausencia | Remuneración | Duración | Aplicación |
| Permiso retribuido | Sí | Fijada por ley o convenio | Por causa justificada |
| Reducción de jornada | Parcial | Flexible | Cuidado de familiares |
| Excedencia | No | Prolongada | Voluntaria o por necesidad |
Cómo actuar si la empresa no te concede un permiso laboral retribuido
La empresa no puede negarte ningún permiso laboral recogido en el Estatuto de los Trabajadores y/o en tu convenio colectivo. SI te lo niegan, debes:
- Reclamar por escrito.
- Aportar la justificación documental.
- Solicitar respuesta escrita.
- Acudir a la Inspección de Trabajo si no se respeta tu derecho.
Conflictos más habituales con los permisos laborales y cómo resolverlos
A lo largo de mi carrera profesional como abogado laboral, he visto repetirse algunos conflictos relacionados con los permisos retribuidos:
1º La empresa niega el permiso
Si la empresa se niega a concederte un permiso legalmente justificado, como decía en el punto anterior, debes:
- Recordar por escrito que es un derecho reconocido en el ET
- Aportar la documentación justificativa
- Solicitar respuesta escrita con los motivos de la denegación
- Si persiste la negativa, valorar presentar denuncia ante la Inspección de Trabajo
2º Discrepancias sobre la duración
Cuando hay desacuerdo sobre los días que corresponden:
- Consultar el ET y el convenio colectivo aplicable
- Solicitar aclaración por escrito a RRHH
- Si es necesario, buscar asesoramiento legal o sindical
3º Problemas con la justificación
Si la empresa cuestiona la validez de los justificantes:
- Pide por escrito qué documentación adicional necesita
- Consultar si el convenio especifica los documentos válidos
- Recuerda que la empresa no puede exigir documentos imposibles de obtener
Preguntas frecuentes sobre permisos laborales
¿Puedo acumular un permiso con las vacaciones?
No. Los permisos retribuidos deben disfrutarse de inmediato tras el hecho causante. Si ocurre durante las vacaciones, se pierden.
¿La empresa puede negarme un permiso?
No, si se cumplen los requisitos legales. La empresa puede pedir justificación, pero no denegarlo arbitrariamente.
¿Y si necesito más días?
Puedes solicitar:
Vacaciones.
Días de asuntos propios (si tu convenio lo permite).
Permisos no retribuidos.
Baja médica, en caso justificado.
¿La hospitalización domiciliaria cuenta para el permiso?
Depende del caso y del criterio judicial. En muchos casos, sí, si está formalmente prescrita. Depende del caso y del criterio judicial.
¿Puedo unir un permiso laboral con días de asuntos propios?
En general, sí es posible combinar ambos tipos de permisos, siempre que se respete el procedimiento de solicitud y se cuente con el visto bueno de la empresa en el caso de los días personales. Sin embargo, es importante tener en cuenta que:
Si el hecho causante del permiso ocurre durante las vacaciones, no se acumula posteriormente.
El permiso laboral debe disfrutarse inmediatamente tras el hecho que lo origina (por ejemplo, un fallecimiento).
Los días de asuntos propios pueden usarse con mayor flexibilidad, pero requieren planificación y autorización.
¿La empresa puede pedirme que recupere las horas del permiso retribuido?
No. Si tu empresa te pide recuperarlas, está actuando ilegalmente y podrías denunciarlo ante la Inspección de Trabajo. El carácter «retribuido» del permiso implica que se mantiene el derecho al salario sin obligación de recuperar esas horas.
La mejor herramienta frente a los conflictos laborales es la información clara y actualizada. Si tienes dudas sobre tu permiso en particular, consulta con un abogado laboralista o tu sindicato para defender tus derechos. En nuestro despacho de abogados laboralistas en Barcelona podemos ayudarte, llámanos al 93 531 30 34 y te informamos sobre las mejores opciones que tienes si te han negado un permiso laboral o quieres acogerte a algún tipo de reducción de jornada por distintos motivos.
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Graduada en Derecho y en Criminología por la Universidad de Barcelona. Cursó el Master Universitario de Abogacía en la Universidad Autónoma de Barcelona.
Actualmente ejerce como abogada laboralista con un alto ratio de éxito en los juicios en los que ha participado.






