Sentencias relevantes en materia de despido: las claves que deja el Tribunal Supremo

despido por baja o incapacidad temporal it

El cierre de 2025 vino acompañado de varias sentencias del Tribunal Supremo que conviene tener muy presentes en materia de despido. No se trata de cambios normativos, sino de resoluciones judiciales que consolidan criterios y marcan tendencias claras sobre cómo deben actuar las empresas cuando deciden extinguir una relación laboral.

Leídas en conjunto, estas resoluciones transmiten un mensaje común: el despido exige cada vez mayor rigor, prueba y proporcionalidad, especialmente cuando entran en juego derechos fundamentales o situaciones de protección reforzada.

El despido como última opción

Una de las ideas más repetidas en la jurisprudencia reciente es que el despido no puede ser una reacción automática ante cualquier conflicto o incumplimiento. El Tribunal Supremo insiste en que debe ser una medida de último recurso, y que la empresa está obligada a justificar no sólo la existencia de una causa legal, sino también la gravedad de los hechos y la adecuación de la sanción.

Ver ¿Cómo impugnar un despido? Plazos, procedimientos y derechos del trabajador

En la práctica, esto implica que las decisiones extintivas deben estar bien fundamentadas, con hechos concretos, acreditados y coherentes con la medida adoptada. Cuando esa justificación falla, el despido corre un elevado riesgo de ser declarado improcedente o incluso nulo.

Especial atención a los representantes de los trabajadores

Este criterio se intensifica cuando el trabajador despedido ostenta la condición de representante legal o sindical. El Supremo recuerda que estos trabajadores no son intocables, pero sí gozan de una protección reforzada, precisamente para evitar represalias por el ejercicio de su función representativa.

Ver ¿Se puede despedir a un representante sindical?. Guía Jurídica 2026

En este contexto, una de las cuestiones que más controversia está generando es el uso del crédito horario sindical y su posible utilización indebida.

Uso del crédito horario: qué puede y qué no puede hacer la empresa

La jurisprudencia reciente aclara que el crédito horario no es una carta blanca. Si se acredita que se ha utilizado de forma fraudulenta, reiterada y ajena a la actividad sindical, la empresa puede sancionar al representante.

Ahora bien, el Tribunal Supremo pone el acento en dos elementos esenciales: la prueba y la proporcionalidad.
No basta con sospechas ni con controles genéricos del tiempo. Es necesario acreditar con precisión el uso indebido y justificar por qué la respuesta empresarial es el despido y no una sanción menor. Cuando este análisis no se realiza correctamente, el despido puede ser considerado desproporcionado o incluso vulnerador de la libertad sindical.

Ver sentencias sobre despidos Tribunal Supremo:

STS 6043/2025

STS 6044/2025

STS 6045/2025

¿Te llamamos?
Privacidad

Este sitio web utiliza cookies para ofrecerte la mejor experiencia de usuario posible. La información de las cookies se almacena en tu navegador y realiza funciones como reconocerte cuando vuelves a nuestro sitio web y ayudar a nuestro equipo a comprender qué secciones del sitio web te resultan más interesantes y útiles.

Cookies estrictamente necesarias

Las cookies estrictamente necesarias deben estar habilitadas en todo momento para que podamos guardar sus preferencias de configuración de cookies.

Cookies de terceros

Esta web utiliza Google Analytics para recopilar información anónima tal como el número de visitantes del sitio, o las páginas más populares.

Dejar esta cookie activa nos permite mejorar nuestra web.