Indemnización por despido
La indemnización por despido en España depende del tipo de rescisión del contrato:
- En caso de despido objetivo (causas económicas, técnicas, etc.) es de 20 días de salario por año trabajado, con un máximo de 12 mensualidades,
- Mientras que el despido improcedente (sin causa justa o declarada por juez) es de 33 días de salario por año trabajado, con un máximo de 24 mensualidades ( para contratos anteriores a 2012 es 45 días por año trabajado con un máx. 42 mensualidades).
- En casos de despido disciplinario,si la causa es una falta grave y culpable del trabajador, generalmente no hay indemnización, pero si se impugna y un juez lo declara improcedente, se aplican las reglas del despido improcedente.
En caso de despido es muy importante consultar con unos buenos abogados de despidos en Barcelona para revisar toda la documentación y ver si es todo correcto o se puede impugnar para que un juez decrete si procedente, improcedente o nulo.
Cómo se calcula la indemnización por despido o cómo calcular el finiquito son preguntas muy habituales en nuestro despacho de abogados laboralistas.
El cálculo de la indemnización varía en función de factores como la antigüedad del trabajador en la empresa y el tipo de despido efectuado.
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Indemnización por tipo de despido
El despido puede producirse por diferentes motivos, y dependiendo de la causa, el trabajador puede o no tener derecho a una indemnización.
En España, los tipos principales de despido son el objetivo, colectivo y disciplinario, cada uno con sus propias causas y consecuencias legales.
- Despido Objetivo (Procedente): Se aplica por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción, o por falta de adaptación del trabajador.
- Cuantía: 20 días de salario por año trabajado.
- Límite: 12 mensualidades.
- Preaviso: 15 días.
- Despido Improcedente (No Procedente): Cuando no hay causa justificada o no se cumplen los requisitos formales.
- Contratos antiguos (anteriores a 2012): 45 días por año trabajado (máx. 42 mensualidades)
- Contratos nuevos (posteriores a 2012): 33 días por año trabajado (máx. 24 mensualidades).
- Despido Disciplinario (Procedente): Si la causa es una falta grave y culpable del trabajador, generalmente no hay indemnización, pero si se declara improcedente, se aplican las reglas del despido improcedente.
Cómo calcular la indemnización por despido
Calcular la indemnización correcta por despido o el finiquito son preguntas muy habituales en nuestro despacho de abogados laboralistas.
- Salario Diario: Divide tu salario anual bruto (incluyendo pagas extras) entre 365 días.
- Antigüedad: Calcula los años y meses trabajados en la empresa. Se prorratean los periodos inferiores al año.
- Multiplica: (Salario diario) x (días por año) x (años trabajados).
¡Importante! La indemnización es diferente al finiquito, que incluye conceptos como salario pendiente, vacaciones no disfrutadas o pagas extra prorrateadas y se paga siempre que termina el contrato, independientemente de la causa.
Otros casos con indemnización legal para el trabajador
Además de los despidos, existen otras situaciones en las que el trabajador puede tener derecho a una indemnización:
1º Fin de contrato temporal
Cuando un contrato temporal, contrato de obra o servicio determinado, contrato eventual por circunstancias de la producción o un contrato de interinidad finaliza y no es renovado, el trabajador tiene derecho a una indemnización equivalente a 12 días de salario por año trabajado.
2º Baja voluntaria del trabajador por incumplimiento grave del empresario
El trabajador puede solicitar la extinción de su contrato con derecho a indemnización cuando el empresario incurre en incumplimientos graves como:
- Modificaciones sustanciales en las condiciones de trabajo que redunden en perjuicio del trabajador.
- Falta de pago o retrasos continuados en el abono del salario pactado.
- Cualquier otro incumplimiento grave de sus obligaciones por parte del empresario, salvo los supuestos de fuerza mayor.
En estos casos, el trabajador tiene derecho a la indemnización prevista para el despido improcedente: 33 días de salario por año trabajado, con un máximo de 24 mensualidades.
Conceptos para calcular indemnización por despido
Indemnización por despido objetivo o colectivo
La ley establece una indemnización de 20 días por año trabajado con una limitación de doce meses de salario.
Indemnización por despido disciplinario
Este tipo de despido no comporta indemnización alguna, excepto que finalmente sea calificado como improcedente.
Indemnización por despido procedente
Cuando se declara un despido procedente, si es un Despido objetivo subsiste la misma indemnización pagada o reconocida inicialmente. Si se trata de un Despido disciplinario, entonces no comportará indemnización.
Indemnización por despido improcedente
Si se dicta una sentencia declarando el despido improcedente, la empresa tendrá 2 opciones: a) Pagar la indemnización; y b) Readmitir al trabajador.
a) La indemnización será de cuarenta y cinco días por año de servicio con una limitación de cuarenta y dos mensualidades por el tramo temporal anterior al 12 de febrero de 2012 (reforma laboral); y será de treinta y tres días por año trabajado con una limitación de veinticuatro meses por el tramo temporal desde el 12 de febrero de 2012 en adelante.
b) Si se opta por la readmisión del trabajador no percibirá ninguna indemnización y se reincorporará al puesto de trabajo en las condiciones anteriores al despido o en aquellas que fije la sentencia judicial, y además deberá percibir de la empresa los salarios de tramitación entre el momento del despido y la notificación de la sentencia judicial.
El derecho a elegir entre la readmisión o la indemnización recae en la empresa, excepto que el trabajador sea miembro de la representación legal de los trabajadores, ya que entonces la decisión es suya.
Indemnización por despido nulo
No conlleva indemnización, sino sólo que la persona despedida sea readmitid en el puesto de trabajo con derecho a percibir los salarios de tramitación antes indicados. A veces, puede añadirse una indemnización por daños morales o por daños y perjuicios, si ha habido alguna causa de discriminación fijada legalmente. Pero, en caso que la empresa incumpliera su obligación de readmitir, el trabajador/a podrá instar la ejecución para que se declare la extinción de la relación laboral devengándose la indemnización prevista para el despido improcedente calculada a fecha de la extinción declarada judicialmente.
Conceptos para calcular indemnización por despido
Para calcular la indemnización por despido improcedente, hay que utilizar dos factores que son:
- TIEMPO: La antigüedad del trabajador en la empresa.
- SALARIO: La retribución salarial que tenia el trabajador al momento de su despido; o bien, en caso de tener una retribución salarial variable, la media de los últimos doce meses.
Partiendo de los dos factores indicados, debemos tener en cuenta si la antigüedad del trabajador en la empresa es anterior o posterior al 12/02/2012 (Reforma laboral). Ya que si es anterior, habrá que hacer el cálculo en dos tramos:
- Tramo: Desde el inicio de la relación laboral hasta el 11/02/2012, se calculará la indemnización de 45 días por año de servicio.
- Tramo: Desde el 12/02/2012 hasta la fecha de extinción de la relación laboral, se calculará la indemnización de 33 días por año de Servicio.
Finalmente, se sumaran ambos resultados y se obtendrá la indemnización total, salvo que supere el tope indemnizatorio legal. En este sentido, la ley establece que si el importe obtenido por el tramo anterior al 12/02/2012 supera los 720 días de salario (24 mensualidades), ese importe será la indemnización máxima a percibir por el trabajador, hasta un tope máximo de 42 mensualidades de salario (tope legal previsto con anterioridad a la reforma laboral de 2012).
Excepción: Si el trabajador tuviera un contrato de fomento de la contratación indefinida, aun siendo anterior al 12/02/2012, en el mismo figura una cláusula que establece que la indemnización por despido improcedente está limitada a 33 días por año de servicio. En este supuesto, el cálculo se realizaría en uno solo tramo por el tiempo de toda la relación laboral. Con el mismo tope legal antes expuesto.
Asimismo, si la antigüedad del trabajador es posterior al 11/02/2012, el cálculo se realizaría en un solo tramo, y en ese caso la indemnización estará limitada al importe equivalente a 24 mensualidades de salario.
Cálculo de la indemnización por despido objetivo y colectivo (extinción por causas objetivas)
Partiendo de los dos factores indicados, el cálculo se realizará, en principio, a razón de 20 días por año de servicio para todo el tiempo de duración de la relación laboral con un límite máximo de 12 mensualidades. Sin embargo, cabe la posibilidad de ofrecer o pactar un complemento de indemnización por encima de los 20 días por año de servicio.
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Preguntas frecuentes sobre indemnizaciones por despido
¿Cómo puedo calcular una indemnización por despido?
En caso de despido objetivo o extinción por causas objetivas, la indemnización legal es de 20 días de salario por año servicio, con un importe máximo de 12 meses de salario bruto.
¿Cuánto es la indemnización por despido con contrato indefinido?
En caso de despido improcedente, la indemnización es de 33 días por año de servicios, con un mimporte máximo de 720 días de salario.
¿Qué pasa si un trabajador se niega a firmar el despido?
Firmar la carta de despido no implica aceptación de su contenido, sino sólo que ha sido notificada al trabajador. No es nada aconsejable negarse a firmar la carta de despido. Ante la duda, siempre puede añadirse la indicación “no conforme”. Lo que no es aconsejable fimrar es cualquier otro documento añadido cuyo contenido y alcance no entendemos, como por ejemplo, un acuerdo posterior aceptanod una idemnización inferior a la legal. En cuanto al documento de liiquidación, ante la duda lo mejor es no firma, o hacerlo añadiendo “no conforme” y, según sea el caso, “pendiente de cobro”. Obviamente, nunca firmar nada de lo que no se nos entregue una copia idéntica.
¿En que se diferencian la indemnización del finiquito?
La indemnización por despido y el finiquito son conceptos distintos en el ámbito laboral en España, aunque muchas veces se confunden
El finiquito es la liquidación de las cantidades pendientes que la empresa debe pagar al trabajador cuando finaliza la relación laboral, independientemente del motivo (despido, baja voluntaria, fin de contrato, jubilación, etc.).
Incluye normalmente:
- Salario de los días trabajados y no cobrados.
- Parte proporcional de pagas extra (si no están prorrateadas).
- Vacaciones no disfrutadas.
- Horas extra pendientes u otros conceptos salariales.
Siempre hay finiquito, incluso si el trabajador dimite voluntariamente.
La indemnización por despido es una compensación económica adicional que se paga solo en determinados tipos de despido, cuando la ley así lo establece.
Depende del tipo de despido:
- Despido objetivo: 20 días por año trabajado (máx. 12 mensualidades).
- Despido improcedente: 33 días por año trabajado (máx. 24 mensualidades).
- Despido disciplinario procedente: No hay indemnización.
- Fin de contrato temporal: 12 días por año trabajado (salvo excepciones).
Diferencias clave entre finiquito e indemnización
Concepto | Finiquito | Indemnización |
¿Cuándo se paga? | Siempre que termina el contrato | Solo en ciertos despidos |
¿Qué compensa? | Deudas salariales pendientes | Daño por pérdida del empleo |
¿Es obligatorio? | Sí | Depende del tipo de despido |
¿Tributa en IRPF? | Sí | Generalmente exenta (con límites) |
